Una mayor cantidad de jubilados estarán alcanzados por el Impuesto a las Ganancias. Desde ahora, quienes cobren dos o más beneficios previsionales (jubilación y pensión del sistema nacional, por ejemplo) y alcancen como ingreso total el equivalente a seis veces el haber mínimo comenzarán a tener descuentos por ese tributo.

Esto sucede por una modificación normativa que aplicó la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) en los primeros días de enero. A partir de una circular interna, en enero la Anses modificó la forma de medir el Impuesto a las Ganancias para los jubilados y pensionados.

Hasta ahora, cada haber que recibía un beneficiario -ya sea jubilación o pensión- se consideraba en forma separada para calcular el impuesto. Ahora, se sumarán y si el monto supera los seis ingresos mínimos -es decir los 55.854 pesos- los jubilados comenzarán a sufrir retenciones mensuales, como sucede con los empleados. La nueva modalidad empieza a regir con el pago de enero. Así, el beneficiario pasará de pagar por cada una de las retribuciones a pagar por CUIL (Código Único de Identificación Laboral).

Jubilados y empleados tienen diferentes mínimos no imponibles. Mientras que para los trabajadores en relación de dependencia es de 38.301 pesos, para los jubilados es de 55.854 pesos y pasará a ser de 62.462 pesos a partir de marzo, cuando se aplique la actualización ya prevista. Pero esa base no imponible rige si el jubilado no tiene otros ingresos (renta o salario) y si no paga Bienes Personales.

La base imponible se va modificando cada tres meses y, de hecho, en marzo subirá a alrededor de 62.462 pesos. Esto será así porque, según los números que ya se conocen, por el sistema de movilidad ese mes los haberes previsionales tendrán un alza nominal de 11,83 por ciento. Esos montos imponibles son mayores en el caso de que el jubilado informe deducciones, ya sea por familiares a cargo o por determinados gastos, siempre según lo que permite la ley.

La base imponible diferencial para los pasivos en relación con los asalariados existe a partir de una reforma legal vigente desde 2017. Hasta entonces, se tributaba de igual manera que los trabajadores bajo relación de dependencia, que este año pagan Ganancias a partir de un salario neto de 38.301 pesos cuando no aplican ninguna deducción ni tienen ningún familiar a cargo. Entre los jubilados es menos frecuente que entre los activos la deducción por familiares a cargo, ya que a los únicos que es posible deducir es al o la cónyuge, siempre que prácticamente no tenga ingresos propios, y a los hijos, si son menores de 18 años o, en caso de ser mayores, si están incapacitados para el trabajo.

La carga tributaria que pesa sobre los haberes jubilatorios es un tema de debate en la Justicia. Y la decisión respecto de si corresponde o no la aplicación del Impuesto a las Ganancias está ahora en manos de la Corte Suprema, luego de que en segunda instancia del fuero federal de la Seguridad Social y también en tribunales del interior, hubo fallos que declararon la inconstitucionalidad del descuento, que está dispuesto por ley. Durante 2018, en promedio, hubo 297.000 jubilados que tuvieron descuentos mensuales por el impuesto.

En el caso de los asalariados, la situación llamada de "pluriempleo" (cobrar dos o más sueldos) ya prevé la situación del cobro de Ganancias en función de la suma de los ingresos.