La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un nuevo régimen de información que deberán cumplir las empresas prestadoras de servicios de medicina prepaga cuando el plan de sus afiliados supere los 2.000 pesos.
Así lo establece la resolución general 3.270, que entrará en vigencia a partir del 1 de abril de 2012, indicó el organismo en un comunicado.
Una vez implementadas, las prepagas deberán suministrar a la AFIP, mensualmente, el nombre y apellido de sus afiliados, el documento de identidad, el domicilio, datos descriptivos del vínculo entre la empresa y el titular, el valor de la cuota y la cantidad de beneficiarios del plan.
Desde hace tres años, el fisco viene implementando una serie de regímenes de información ‘de extrema importancia para obtener datos que manifiesten consumos en sujetos con determinada capacidad contributiva‘, indicó la AFIP. En ese sentido, precisó que ‘tarjetas de crédito y débito y colegios privados son algunos de los mecanismos implementados desde 2009‘.
La medida fue publicada ayer en el Boletín Oficial y será de carácter obligatorio, por lo que las compañías que no cumplan con el suministro de la información a la AFIP serán sancionadas.
Según la AFIP, ‘las empresas de medicina prepaga deberán utilizar el programa aplicativo denominado ‘AFIP-DGI-RÉGIMEN INFORMATIVO DE CUOTAS DE MEDICINA PREPAGA- Versión 1.0‘, que genera el formulario de declaración jurada N° 918, que está disponible en la página de la AFIP (www.afip.gob.ar).
El incremento en las cuotas que pretendieron poner las empresas de medicina prepaga ya fue puesto en suspenso hace pocos días por el Gobierno. La semana pasada, el secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, mantuvo encuentros con integrantes de la cadena de la medicina prepaga, y la consigna fue clara: en febrero no habrá aumentos de las cuotas.
