El bloque kirchnerista del Senado presentó ayer un proyecto de ley para reglamentar el denominado ‘per saltum‘, que es un recurso extraordinario por el cual la Corte Suprema de Justicia podría abocarse a tratar una causa judicial salteándose instancias de juzgados inferiores.
Si se aprueba este proyecto, habilitaría a la Corte Suprema a decidir la aplicación de la Ley de Medios sin tomar en cuenta los planteos en contra que estén en mano de la justicia de primera o segunda instancia.
Puntualmente, la iniciativa del oficialismo para reglamentar el ‘per saltum’ engloba en aquellas causas de competencia federal en las que se acredite que están afectadas ‘cuestiones de notoria gravedad institucional‘ y cuya solución ‘expedita y definitiva‘ sea necesaria.
El proyecto está firmado por el jefe del bloque del Frente para la Victoria (FpV), Miguel Ángel Pichetto, y por sus colegas de bancada Marcelo Fuentes, Marina Riofrío, Aníbal Fernández, Marcelo Guinle y José Mayans.
El FPV indicó que la iniciativa será tratada ‘más temprano que tarde‘ por la comisión de Asuntos Constitucionales.
La iniciativa para reglamentar el ‘per saltum‘, establece un artículo 257 bis y ter del Código Civil y se funda en el mecanismo jurídico que fue utilizado en los ’90 por Carlos Menem en causas vinculadas a las privatizaciones como la de Aerolíneas para eludir a la justicia de tribunales inferiores.
El proyecto K entiende que ‘existirá gravedad institucional‘ en aquellas cuestiones sometidas a juicio que ‘excedan el interés de las partes en la causa‘ y se proyecten ‘sobre el general o público‘ de modo que su trascendencia comprometa ‘instituciones básicas del sistema republicano del gobierno‘ y garantías constitucionales o contenidas en tratados internacionales.
El texto indica que la Corte habilitará la instancia ‘con mecanismos restringidos y marcando excepcionalidad‘. Además, establece que ‘sólo serán susceptibles del recurso extraordinario por salto de instancia las sentencias definitivas de primera instancia y las resoluciones equiparables a ellas en sus efectos‘. Pero ‘no procederá‘ en causas de materia penal.
En los fundamentos del proyecto, el constitucionalista Germán Bidart Campos sostiene que la figura del per saltum alude ‘a un salto en las instancias procesales y se aplica a la hipótesis en que la Corte Suprema toma conocimiento de una causa judicial radicada ante tribunales inferiores saltando una o más instancias‘.
‘Se deja de recorrer una o más de ellas y por salto desde una inferior la causa entra en competencia de la Corte, omitiéndose una o más intermedias‘, agrega Bidart Campos. (DyN, Télam)

