San Luis, 17 de julio.- La funcionaria dijo a Télam que se cambiarán los términos "hombre y mujer” por el genérico de "contrayentes”, y en vez de "padre y madre” se mencionará sólo "padres”.

Bailac destacó, además, que cuando se lea el artículo 188 del Código Civil, el funcionario dirá que para que el matrimonio se consagre "hace falta la declaración de que quieran respectivamente constituirse en cónyuges".

"Una de las modificaciones centrales del Código Civil aparece en el artículo 172 y establece que el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos, con independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”, indicó.

La ley aprobada en la madrugada del jueves en el Senado de la Nación, dijo la funcionaria puntana, "establece una paridad absoluta sin distinciones, por lo tanto todas las personas que quieran contraer matrimonio lo podrán hacer con los requisitos que establece el Código Civil".

La ministra detalló que las parejas "tendrán que solicitar un turno con 10 días de anticipación, traer sus documentos nacionales de identidad, llenar un formulario de solicitud y realizar el certificado prenupcial”. Bailac remarcó que en provincia rige una ley llamada de Objeción de Conciencia que garantiza a todos los habitantes de la provincia el derecho fundamental a no actuar en contra" de sus propias convicciones.

"Esto es en el marco de las normas jurídicas, del respeto por las creencias y convicciones de otros y del resguardo absoluto de daños a terceros", dijo la ministra.