La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba revocó un fallo que ponía un freno a los aumentos en las tarifas de gas a las pequeñas y medianas empresas (pymes), que ahora deberán pagar lo adeudado a valores actuales.
En septiembre pasado, el juez federal de Córdoba de primera instancia Miguel Hugo Vaca Narvaja hizo lugar a la medida cautelar presentada por la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (Apyme) que solicitaba la continuidad del cuadro tarifario del gas natural que regía con anterioridad al 31 de marzo para las pequeñas y medianas empresas.
El Gobierno nacional había apelado el 29 de septiembre el fallo por el cual el juez cordobés determinó la ‘continuidad‘ del cuadro tarifario del gas natural que regía ‘con anterioridad al 31 de marzo‘ para las pequeñas y medianas empresas, al declarar la nulidad de las resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía de la Nación.
La causa judicial siguió su curso a pesar de que durante su trámite el Ministerio de Energía dio a conocer el 7 de octubre un nuevo cuadro tarifario para los usuarios de gas, incluidos los denominados comerciales para los que rigen nuevos topes de incremento interanuales, como resultado de la audiencia pública realizada del 16 al 18 de septiembre.
Las distribuidoras de gas por redes quedaron habilitadas para facturar aplicando un tope de 500 por ciento tomando como referencia lo que estos usuarios habían pagado en el mismo período de 2015, de manera que, ahora con el fallo de la Cámara Federal, los clientes pymes deberán pagar lo adeudado a dichos valores.
Télam y DyN
