La Comisión Ejecutiva de la Conferencia Episcopal Argentina, emitió recientemente una declaración titulada "2011: El año de la vida", expresando que "como pastores y ciudadanos, queremos reafirmar, en este camino del Bicentenario y de modo especial durante el 2011, la necesidad imperiosa de priorizar en nuestra patria el derecho a la vida en todas sus manifestaciones, poniendo especial atención en los niños por nacer, como en nuestros hermanos que crecen en la pobreza y marginalidad". Los obispos argentinos recordaron que tal "como afirmamos en el documento "Hacia un Bicentenario en Justicia y Solidaridad", cuando hablamos del don de la vida, regalo sagrado de Dios a los hombres, nos referimos a la vida de cada persona en todas sus etapas, desde la concepción hasta la muerte natural y en todas sus dimensiones: física, espiritual, familiar, social, política y religiosa".

La CEA reiteró su llamado a optar por la defensa de la vida porque "no podremos construir una Nación que nos incluya a todos si no prevalece en nuestro proyecto de país el derecho primario de toda persona sin excepción: el derecho a la vida desde la concepción". Para ello pidieron proteger la vida de la madre embarazada y potenciar el vínculo madre-hijo a fin de cuidar su calidad de vida hasta la muerte natural. "Debemos encontrar caminos para cuidar la vida de la madre y del hijo por nacer, y así, salvar a los dos", señalaron los prelados.

Con este objetivo, diputados de distintos bloques han presentado recientemente el proyecto de ley de "Protección integral de los derechos humanos de la mujer embarazada y de los niños por nacer"(expte. 8516-D-2010), con la convicción de que es un deber inexcusable de los cuerpos legislativos dictar leyes que tutelen los derechos humanos básicos de todos, sin exclusiones de ninguna índole. Entre otras cosas, el proyecto presentado en Diputados le garantiza al niño por nacer el "derecho inalienable a la vida"; estipula una asignación especial para la mujer víctima de una violación, desde la concepción y hasta que el hijo cumpla 18 años. Si la mujer decidiera no tomar a su cargo la crianza y educación del niño, se favorecerá su adopción o guarda y la asignación será percibida por la familia adoptante o guardadora a partir del momento en el que se haga cargo del niño; en los embarazos de riesgo, nacimientos prematuros y partos anticipados, el Estado deberá brindar los medios que posibiliten proteger el derecho a la vida tanto del niño como de la madre, haciéndose cargo de todos los costos que ello demande; la mujer embarazada que no estuviera empleada o emancipada recibirá una Asignación Universal por Hijo por Nacer equivalente a la fijada para los hijos menores de edad, y todos los hospitales públicos deberán contar con un Centro de Asistencia a la Mujer Embarazada, conformado por distintos especialistas y trabajadores sociales, que deberán brindar atención directa durante las 24 horas.