Los ocho proyectos de ley objeto de debate en la Cámara de Diputados de la Nación, impulsan la legalización del aborto como derecho de la mujer a decidir. Convengamos que el ejercicio del mismo conlleva la eliminación del niño concebido. A la hora del debate, por honestidad intelectual, debemos poner sobre la mesa los dos derechos en tensión: la libertad de la mujer frente al derecho a nacer del hijo.
Dado que la libertad está en el centro del debate, es pertinente aclarar qué es y qué no es la libertad. Filosóficamente, la libertad se define como la capacidad de autodeterminarse de la voluntad: ser libres implica tomar decisiones sin coacciones internas o externas. Dicho esto, citamos una de las desfiguraciones más comunes: la libertad asumida como fin y no como medio. Esto nos lleva a conformarnos con elegir, sin reparar en qué elegimos. Punto crucial para entender porqué en nombre del derecho a decidir (libertad), se pretende eliminar una vida humana en su etapa inicial. Creo que a la hora de levantar las banderas de la libertad, las mujeres debemos repensar, el objeto del acto que hemos elegido realizar, que en el caso del aborto, es la eliminación del hijo concebido. Por dolorosas o no queridas que sean las circunstancias en las que deviene a la existencia, es un hijo. Consentir el aborto no borrará aquéllas ni solucionará las causas que pueden llevar a pensar en el aborto como única opción. Ante un dilema, siempre hay dos opciones. Precisamente, de eso trata la libertad, de elegir entre las opciones.
Debemos reparar en otra consecuencia de este sobredimensionamiento de la libertad: creer que suprimida la misma, nuestra esencia se debilita. Me permito la licencia de exponer este punto apelando al recurso de las comparaciones: si alguien me privase del derecho a exponer mis convicciones, estaría vulnerando mi libertad de pensamiento y de conciencia, pero no restaría un ápice a mi esencia y dignidad. Aunque suprimida mi libertad, seré siempre lo que soy: una mujer, tan digna como cualquier persona con independencia de su género.
¿Pero podemos aplicar el mismo razonamiento ante la supresión de la vida? Evidentemente no. Suprimida la vida del niño concebido, dejará de ser lo que es: un viviente humano. Por eso decimos enfáticamente que el aborto es un acto sin retorno para el hijo concebido.
Sabiamente nuestro derecho considera al niño concebido no nacido, titular del derecho a la vida como un atributo de su personalidad.
Aclaremos que a esta altura de los adelantos de la Biología y Embriología Humana, nadie puede, seriamente, poner en duda que la vida humana comience con la fecundación del óvulo. Desde ese instante, la vida hace a su esencia y seguir viviendo es una exigencia de su naturaleza. Destruida ésta, dejará de ser lo que es.
El razonamiento es sencillo: si la vida para los vivientes es su mismo ser, la vida como categoría jurídica es un derecho humano esencial, desde el inicio de la misma.
Dicho esto, podemos advertir la absoluta desigualdad de los dos derechos en tensión. Efectivamente, el derecho a decidir de la mujer y el derecho a nacer del niño, no son equiparables. La libertad supone la existencia de un viviente. Por eso la Bioética Personalista insiste en un principio básico: la vida es soporte de los demás derechos. Confrontar el derecho a decidir de la madre con el derecho a nacer del hijo encierra un acto de injusticia por la desigualdad de ambos: el aborto no es la simple interrupción de un proceso, es la eliminación de una vida: del aborto no se vuelve. Así de simple, así de obvio.
