El Congreso de la Nación sancionó la "Ley Brisa" (Ley 27452), que entró en vigencia el 27/7/2018, mediante la cual se crea el Régimen de Reparación Económica para las niñas, niños y adolescentes cuando su progenitor haya sido procesado y/o condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio de su progenitora. El alcance de la ley es amplio, pues no solo contempla el femicidio, sino también la muerte del progenitor varón a causa de violencia intrafamiliar y/o de género; inclusive del progenitor afín, definido por el nuevo Código Civil como "el cónyuge o conviviente que vive con quien tiene a su cargo el cuidado personal del niño o adolescente". La reparación está destinada a los menores de 21 años o personas con discapacidad, y debe ser abonada por el Estado Nacional mensualmente, por un valor equivalente a un haber jubilatorio mínimo, con sus incrementos móviles establecidos en la ley 26.417. Es retroactiva al momento de cometerse el delito, aunque hubiera sido con anterioridad a la sanción de la ley. Es inembargable, y el beneficio sólo se extingue en el caso de absolución o sobreseimiento del procesado, pero la autoridad de aplicación no podrá reclamar los montos percibidos.

Además, el nuevo régimen legal contempla la cobertura integral de la salud física y psíquica. El Estado Nacional debe implementar en forma urgente todas las medidas necesarias a fin de garantizar en forma prioritaria la atención integral de los destinatarios. El funcionario que incumpla las acciones tendientes a asegurar la reparación económica prevista, es considerado incurso en el tipo penal de incumplimiento de los deberes de funcionario público. En el seguimiento y control del cumplimiento de la ley pueden intervenir los organismos competentes en la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes de conformidad con las disposiciones de la ley 26.061.

El nombre con el que se conoce la ley se debe a la niña Brisa Barrionuevo, cuya madre fue asesinada por su pareja en 2015. El femicida arrojó el cuerpo al río y luego denunció en la comisaría que había hecho abandono del hogar. en unos días el crimen fue descubierto. Brisa tenía sólo 3 años y hermanos gemelos de siete. La tía materna se hizo cargo de los 3 niños. En aquel entonces la trascendencia mediática contribuyó a que se generaran redes de contención para lograr lo que hoy se transformó en ley. Desde la Red Internacional de Periodistas con Visión de Género en Argentina se resaltó el sinnúmero de situaciones angustiantes que deben transitar los hijos de la víctima de femicidio. Los números alarman. Según estadísticas de la Corte Suprema, en 2017 se registraron 251 víctimas de femicidio directo. La Casa del Encuentro revela que en Argentina hay unos 3.320 hijos de víctimas femicidio, y de ellos el 63% son menores. 

Si bien resta que el PEN dicte la reglamentación a fin de garantizar los objetivos previstos por la ley, para lo cual fija un plazo de 30 días, la medida constituye un gran avance en la protección de las personas vulnerables víctimas de la expresión más extrema de la violencia de género, que procura, ante tanto dolor, al menos una compensación que contribuya al desarrollo de niños y adolescentes que no deben quedar al desamparo de una política integral dirigida a prevenir, erradicar y sancionar ese flagelo, que se inscribe en el marco constitucional y convencional que guía la labor del Estado en una acción concertada y articulada entre los distintos poderes, y que impone un interés prioritario en la agenda pública. 

 

 

Por la Dra. Adriana Tettamanti     Juez en lo Contencioso Administrativo.

Consejo Consultivo y de Planificación Oficina de la Mujer del Poder Judicial de San Juan.