A través de los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), desde el punto de vista institucional, cualquier desvío del sistema republicano pretende ser justificado, ya que son instrumentos que el presidente de la Nación utiliza para ejercer funciones parlamentarias. De este modo, surge claramente la nocividad para el sistema republicano, cuya característica es la división de órganos de gobierno y de atribuciones distribuidas estrictamente por la Constitución Nacional.
Pero la ley fundamental no los prohíbe, sino que al contrario, los contempla y le permite al presidente ejercer potestades del Congreso, siempre y cuando considere que existen "circunstancias excepcionales" que le impidan esperar el trámite legislativo, que no se refieran a temas penales, impositivos, de régimen electoral o de partidos políticos, que estén firmados por todos los ministros y que sean aprobados por el Congreso, previa intervención de una comisión integrada por diputados y senadores, que debe funcionar en forma permanente. Pero la misma Constitución Nacional le encargó al Congreso que reglamentara su propia intervención en este trámite, y en ejercicio de ese mandato dictó la ley 26.122, que ha empeorado el panorama, disponiendo que esos decretos tienen plena vigencia desde que son dictados, sin esperar la aprobación del Congreso, y que basta que una sola Cámara los avale para que puedan tener vigencia en el futuro. Es decir que, la misma Constitución Nacional permite que existan los DNU y una reglamentación como la que está vigente hoy.
La presidenta de la Nación decidió utilizar estos decretos para disponer de las reservas del Banco Central y remover su máxima autoridad. Respecto a la primera cuestión, sólo el Congreso puede disponer de las mencionadas reservas, pero para la presidenta existieron "circunstancias excepcionales" que ameritaban arrebatarle esa potestad. Para remover al presidente del Banco Central, no era necesario dictar un DNU, sino que bastaba un decreto común. Sin embargo acudió a aquél, porque esa facultad presidencial necesitaba el "consejo" de otra comisión especial que forma parte del Congreso. Eso constituyó un error, porque con ese DNU no se reemplazó esa intervención, sino que se la esquivó. Por lo tanto, ese decreto podría ser declarado inconstitucional por la Justicia.
Pero más allá de todo, nuestra Constitución, luego de la reforma de 1994, demuestra falta de límites concretos para que los gobernantes actúen dentro del cauce de un sistema republicano.