No cabe dudas de que existe una gran expectativa de parte de la opinión pública respecto a las eventuales resoluciones de las distintas causas penales por delitos de corrupción en que están implicados altos exfuncionarios públicos, desde la expresidenta y exvicepresidente hasta diversos ministros, secretarios, etc, sin embargo la mentada situación jurídico legal, no debe generar la falsa creencia de que aún en caso de pronunciamientos condenatorios, el sistema judicial ha logrado un funcionamiento estructuralmente idóneo con alta capacidad de sanción de las faltas económicas públicas. Por el contrario normalmente este tipo de acontecimientos actúa con efecto sedante en relación a los reclamos de la opinión pública, que se intenta mitigar precisamente entregando algunas cabezas que esta reclama, empero, en realidad termina siendo un autoengaño, puesto que, detrás del caso ejemplar aislado el sistema continúa con un funcionamiento espasmódico dando lugar al mas nefasto accionar ilegal y/o criminal constituido por el saqueo permanente y en niveles alevosos de las finanzas públicas. Por lo tanto es necesario evitar caer en esta trampa con un efecto institucional efímero y mantener en forma constante un alto nivel de exigencia respecto de las conductas públicas, pero, claro está, que para que ello no devenga en un esfuerzo en vano debe contar con la actuación concomitante del sistema judicial que refuerce las expectativas éticas de la opinión pública emitiendo respuestas sistemáticamente implacables en tiempo procesalmente útil ante las violaciones cometidas en el ejercicio de la función pública. Solamente si tales engranajes actúan en forma simultánea es posible evitar que la realidad sea solo una parodia de los principios republicanos en los que se cimienta el Estado.


Detrás del caso María Julia pasó la corrupción de la década de los noventa, pareciera que detrás del caso Lázaro Báez y otros más seguirá pasando la corrupción de la década actual y así, sucesivamente, sin solución de continuidad, una realidad estructuralmente inmutable con una misma metodología, esto es, la de proporcionar respuestas esporádicas con un fin analgésico. La exigencia no debe circunscribirse a lo coyuntural y transitorio, por el contrario, debe tender a lo definitivo y permanente, la eficiencia funcional debe ser intrínseca del sistema institucional con absoluta prescindencia de los titulares de turno en el ejercicio del poder. De esta manera la sanción lejos de ser un hecho que responda al propósito particular referido precedentemente, será la manifestación natural del funcionamiento lógico del sistema, el cual, como se expuso en otra oportunidad, constituye la columna vertebral en la que se estructura el Estado, siendo ello así es fácil colegir que el resto viene por añadidura, desde luego, solo si se tiene plena confianza acerca de la certeza tales consideraciones, por tanto en la medida que se tome real conciencia de que cada infracción al sistema neutraliza el posible bienestar social que puede proporcionar el Estado, no cabe hesitación alguna de que las conductas cívicas estarán enderezadas en el sentido analizado, toda vez, que solo la ignorancia y/o el absurdo total justifican reincidir históricamente en lo mismo.