En esta segunda y última nota referida al histórico "Batallón San Juan” que participó en la Guerra de la Triple Alianza, el autor hace referencia a dos hechos de devolución de trofeos de guerra vinculado a esa contienda bélica.
1) El 6 de mayo de 1954 se sancionó por el Congreso Nacional la Ley N¦ 14,299 que fuera impulsada por el Poder Ejecutivo a cargo del General Juan D. Perón, dicha norma fue denominada "Devolución de trofeos al Paraguay”, promulgada el 17/05/1954 y publicada en el Boletín Oficial el día 20/05/54. El texto de la misma expresa: "Art.1º- Devuélvase a la República del Paraguay las armas e insignias obtenidas en la guerra que enlutó a ambas pueblos hermanos.”
Se escribió al respecto: "El 14 de agosto de 1954 Perón partió del Aeroparque metropolitano en un Douglas DC4 (en realidad un C-47) acompañado por el canciller Jerónimo Remorino y el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Carlos Aloé, aterrizaron en Clorinda, provincia de Forrnosa. Desde allí cruzaron el río Paraguay en el rastreador ARA Muratore y ARA King; siendo recibidos en el Palacio de Gobierno del Paraguay.
Al día siguiente y desde el Panteón de los Héroes se dirigió al puerto en donde Fueron desembarcados los trofeos. Desde allí partió la comitiva encabezada por los presidentes de Argentina y Paraguay seguidos por dos carros blindados que contenían los trofeos escoltados por una guardia de Granaderos de San Martín y por tropas del regimiento -paraguayo- de Acá Carayá, donde el Gral. Perón dirigió la siguiente proclama:
"Vengo personalmente a cumplir con al sagrado mándalo encomendado par el pueblo argentino de hacer entrega de las reliquias que, esperarnos, sellen para siempre una inquebrantable hermandad entre nuestros pueblos y nuestros países”.
2) El caso siguiente es de reciente ocurrencia: el gobernador de la Provincia de Entre Ríos, Sergio Urribarri, en consonancia con el gobierno nacional y agregando su compañía a la presidente de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, concurriría a un acto programado en la República del Paraguay para el día 4 o 5 del corriente (actividad frustrada por enfermedad de la presidenta), y participar de un acto con el gobierno de ese país por la "restitución formal de muebles incautados por la Argentina durante la Guerra de la Tripla Alianza -1864/1870-”, según consta en la crónica periodística, publicada (Diario La Nación del jueves 3 de julio de 2014), aunque esos muebles habían llegado previamente a Paraguay.
Resulta obvio que la invocación al "mandato del pueblo argentino”, está cimentado en el sistema constitucional argentino, conforme art. 1¦ de la Constitución Nacional; claro está que aquel gobernante que tiene representación mayoritaria legislativa, obtiene fácilmente la aprobación de una ley que satisfaga su pretensión -aunque resulte antojadiza-.
Así las cosas, hacia 1954, ya habían transcurrido 84 años desde que concluyó la guerra precitada; y en el segundo acto "restituyente” (muebles), ocurre a los 144 años. Como lo señalo más arriba resulta contraproducente al espíritu nacional este "revisionismo histórico” y que se mancille así la memoria, el sacrificio y la sangre de nuestros héroes que pusieron el pecho a las balas y a las bayonetas imbuidos de legítimo fervor patriota.
(*) Abogado.