Una de las reuniones de campaña para debatir diversos temas, en los inicios del bloquismo.

Uno de los principales puntos del compromiso asumido con la ciudadanía en su programa de gobierno, que el bloquismo publicó en el manifiesto del 27 de febrero de 1918, el mismo día de su nacimiento como partido político, fueron legislados y promulgados en el mismo año que asumió su primer gobierno, es decir en 1923.


El 1 de enero de 1924, comienza a regir la Ley 81, que establece en el territorio de la provincia el salario mínimo para los trabajadores.


Principios a que responde el salario mínimo: El bienestar colectivo se funda en la satisfacción de las necesidades individuales. La importancia del problema del salario radica en que es el medio para satisfacer esas necesidades. Teóricamente, el salario debe ser la retribución exacta del trabajo. Si este es propiedad legítima e indiscutible del obrero -como agente productor- no puede despojársele del mismo sin una justa indemnización. De ahí que haya de devolvérsele, en el salario, el valor íntegro de su trabajo.


Así, pues, conforme a su concepto genérico, el salario ha de fundarse en esa máxima suprema de equidad, porque, de lo contrario, los unos se apropiarían indebidamente del esfuerzo de los otros.


¿Cuál es el valor del trabajo?: Hay economistas que quieren reducir el trabajo a una mercancía. Le aplica, en consecuencia, principios doctrinarios -aun los del propio marxismo- forzados en su interpretación tendenciosa hasta lo absurdo. El trabajo no puede considerarse como una mercancía, por la diversidad de manifestaciones de este que no entran en la cotización del comercio.


La experiencia pone de manifiesto como los empleadores asignan a cierta categoría de obreros salarios insuficientes para las necesidades primordiales de la vida. En tales casos se requiere la intervención del Estado para la fijación del salario mínimo, que es el que permite atender las exigencias primeras del organismo humano, según edad, sexo y complexión del obrero, las condiciones características del ambiente y la calidad del trabajo. En ningún caso constituye una dádiva o un favor. Tiene por base la salud, no solo un interés individual (del obrero), sino también en interés colectivo (de la sociedad).


Para la fijación de este salario ha de tenerse en cuenta la cotización de la moneda fiduciaria, o, mejor dicho, el valor adquisitivo del dinero, pues en ello estriban los precios de los comestibles, vestidos, habitación, etc., sin olvidar tampoco la variación de estos precios de un lugar a otro.


Fundado en estos principios el bloquismo implantó el salario mínimo. Un ensayo, que si bien contiene previsiones atinadas y racionales podrá modificarse en el tiempo para establecer más oportunas distinciones, clasificaciones, etc., a fin de amoldarlo mejor a las conveniencias económicas de la provincia y a las necesidades de los gremios obreros. Estas cláusulas constituyen un eslabón de la piedra angular de Legislación Social. Fueron únicas en el país que luego sirvieron de ejemplo cuando otros Estados Argentinos decidieron las normativas al respecto. Debe advertirse, por lo demás, que esta ley, de prudente previsión social, no significaba en modo alguno una animadversión contra los patrones. Se quería simplemente mejorar esa situación injustificable para conseguir un relativo bienestar de la masa obrera, pues sabido es que la obra de redención social y política debe comenzar por el aspecto económico, ya que no hay bienestar del pueblo, si el trabajador no gana salarios adecuados a las necesidades de la vida.


El salario debe satisfacer todas las obligaciones del obrero fuera de la fábrica y al mismo tiempo recompensar todo el esfuerzo que realiza tanto él como su director.


El trabajo diario productivo, es la mina más inagotable que jamás se ha abierto. Por lo tanto, el sueldo debe satisfacer, por lo menos, las satisfacciones externas del trabajador. Pero también le debe asegurar una jubilación en el caso de la vida cuando sus fuerzas decaen, que es cuando no debería verse obligado a trabajar.


Son los gobiernos Bloquistas pioneros en legislación social. Y todo se cumplió...

Por Carlos Ciro Maturano
Historiador, investigador, recopilador y ceremonialista.