El Congreso de la Nación aprobó, en diciembre de 2011, la Ley 26.737, que regula el régimen de protección al dominio sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales en toda la Argentina, una norma destinada a acotar la intervención de inversores extranjeros atraídos por los bajos precios en el contexto internacional y los recursos estratégicos de los predios.
Tal vez los casos más paradigmáticos, que obligaron a legislar la normativa, se dieron en la Patagonia donde grandes estancias y extensas superficies lindantes o superpuestas con parques nacionales, quedaron en manos de extranjeros incluyendo ríos y caminos vecinales. Ahora, mientras el encuadramiento reglamentario de esas enormes superficies sigue en el análisis, se conoce que más del 15% de las tierras de tres departamentos de la provincia de Santiago del Estero tienen dueños extranjeros, es decir, una cantidad mayor a la permitida por la citada ley, según ha revelado la directora del Registro Nacional de Tierras Rurales.
Florencia Gómez observó que se trata de los departamentos Jiménez, Belgrano y Aguirre, donde predominan las explotaciones agrícolas ganaderas, con una fuerte incidencia de pools de siembra dedicados a la soja, donde la mayoría de los productores también son oriundos de otras provincias, como Tucumán, Córdoba y Santa Fe, en el marco de una conferencia sobre "La cuestión de la tierra en América latina, concentración y extranjerización”. Lo cierto es que del total de la superficie de Santiago del Estero, el 5,9% de las tierras cultivables está en manos de capitales extranjeros.
La ley señalada por la funcionaria limita la posesión de tierras rurales en manos de extranjeros en el 15% del total nacional, provincial y municipal; además no pueden adquirir tierras rurales que posean cuerpos de aguas permanentes y de envergadura, como tampoco exceder el límite de hasta el 30% de tierras rurales en manos de extranjeros de la misma nacionalidad.
El tema del dominio de las tierras rurales es más complejo todavía si se le suman las normas constitucionales y las leyes respectivas en favor de los pueblos originarios, que obliga a mensurar las tierras fiscales y privadas para expropiarlas y restituirlas a las comunidades originarias. Para ello el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) viene bregando para que reconocimiento cultural como pueblo originario y el otorgamiento de personería jurídica a las etnias se complemente con la ocupación definitiva de los terrenos que les legaros sus ancestros.