Con la resolución 1252/12, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, se sumó a la práctica de abortos no punibles, según la recomendación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que exhorta a los gobiernos provinciales a no judicializar los casos e implementar guías que reglamenten la intervención en hospitales públicos.

Varios Estados provinciales han puesto en marcha el fallo, ratificado el 13 de marzo pasado, al sentar jurisprudencia liberando de sanciones a una adolescente de 15 años que había sido ultrajada por su padrastro. Avaló así la decisión de la Suprema Corte de Chubut de 2010, cuando autorizó a la víctima a practicarse un aborto. Existen diferencias según donde se autoriza y en el ámbito porteño se exige que las mujeres que hayan sido violadas tendrán que presentar una denuncia policial y no se podrá interrumpir el embarazo después de las 12 semanas de gestación.

A diferencia de otros distritos, la Ciudad de Buenos Aires requerirá que en los casos de mujeres discapacitadas o menores de edad sean informadas "las personas que por ley ejerzan su representación legal”, marcando diferencias con la interpretación que hacen algunas provincias. Para el gobierno porteño se deberá realizar una denuncia policial o una declaración jurada sin necesidad de requerir autorización judicial dentro del límite gestacional de doce semanas, con el correlato ecográfico. Es que el fallo del Máximo Tribunal se aplica de manera desigual entre provincias y no todas han adherido a la recomendación -incluyendo San Juan-; hay otras que se sumaron pero sin dictar sus protocolos y también están las que se oponen.

Tal vez estas últimas coinciden con el pensamiento de la Iglesia, para el que el aborto no es una solución. Lo reiteró el cardenal Jorge Bergoglio, a raíz de la reglamentación porteña, calificándola de "lamentable decisión”, a la vez de observar que "percibimos una vez mas que se avanza deliberadamente en limitar y eliminar el valor supremo de la vida e ignorar los derechos de los niños por nacer”. Claramente el prelado observó que al hablar de una madre embarazada se habla de dos vidas y ambas deben ser preservadas y respetadas porque la vida es de un valor absoluto.

Sin duda la vida humana es un derecho supremo, por encima de circunstancias no deseadas que se dirimen en causas procesales. En todo caso la Justicia puede determinar qué hacer con un niño que al nacer es rechazado por su madre, para que lo acoja con amor otra familia.