La confusa interpretación que han dado ciertos sectores de la sociedad acerca de un fallo sobre la no punibilidad del consumo personal de droga, parece haber dado vía libre a los adictos, distribuidores e impulsores progresistas para el libre albedrío en el uso de alucinógenos nocivos.
A partir de un fallo histórico del año pasado, de la Corte Suprema de Justicia, conocido como "caso Arriola", existe una creencia generalizada en los adictos, de que se trata de la despenalización lisa y llana de la tenencia y consumo de droga, en particular de la marihuana. Lejos están de la letra y el espíritu de ese pronunciamiento, ya que la Corte advirtió en su momento que "en modo alguno implica legalizar la droga", porque nunca habló de despenalizar sino de "no punibilidad" del consumo privado de adultos pese a que, trasladado a lo práctico, podría representar lo mismo. La precaución del alto Tribunal en evitar amplias o abarcativas interpretaciones de ese fallo, quedó en claro en el título del comunicado que acompañó a la publicación en cuestión: "La Corte no ordenó la despenalización del consumo de marihuana".
Por eso, la Cámara Federal porteña advirtió la semana pasada que sigue siendo delito fumar marihuana en lugares públicos y citó, entre otros, a los trenes y plazas. Lo hizo al revocar sobreseimientos en dos causas penales y ordenó que se procese a los acusados.
La decisión de la Sala II de la Cámara Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires interpretó correctamente la inimputabilidad de la tenencia de droga para consumo personal, siempre que se realice en privado. Es decir, una acción privada y en cuanto yo no altere el orden moral y público o no perjudique a un tercero.
