La antigua Ley Nacional de Defensa Civil 23.554, de 1988, señala en su art. 33, los alcances y el conjunto de medidas tendientes a evitar, anular, o disminuir los efectos de un desastre sobre la población y sus bienes, contribuyendo a restablecer el ritmo normal de vida de las poblaciones afectadas. Una comuna moderna debe vigorizar y jerarquizar la Defensa Civil municipal, prácticamente inexistente en las Intendencias sanjuaninas, e involucrar en su tarea a todos los sectores de la sociedad, ya que la defensa civil se basa en la solidaridad que lleva a socorrer al prójimo. Es que la defensa civil se basa, ante todo, en la autoprotección del individuo y su familia, de la propiedad privada, edificios públicos, escuelas, hospitales, e infraestructura básica de la jurisdicción.

Así como el municipio es pilar fundamental de la defensa civil, la familia es la célula básica de la protección organizada. Es en este escalón donde actúa el ente en la tarea de capacitar a los vecinos para hacer efectiva la autoprotección en forma individual y colectiva. Por ello la importancia que tiene para una comunidad que su municipio cuente con esta estructura de servicio, con los medios idóneos y necesarios para actuar con la urgencia que demanda una emergencia social.

La citada norma legal debe ser actualizada para adaptarla a las circunstancias actuales y futuras, en virtud de los medios que se cuentan ahora para hacer frente a los imprevistos que desencadenan un estado de emergencia. La alternativa de la defensa civil municipal cubrirá una necesidad que no asume el organismo provincial, a pesar de que San Juan es una zona de alto riesgo sísmico y por ello debe estar preparada para minimizar los embates de la naturaleza.