En el reciente viaje al exterior de la presidenta Cristina Fernández, su hija Florencia Kirchner, comenzó a tener una influencia inédita al convertirse en una inesperada protagonista política. No sólo participó de cada una de las cenas de gala y otras actividades con su madre, sino que también se posicionó como una suerte de embajadora cultural virtual del país. En Medio Oriente, la agencia de noticias Télam la presentó con el rango de política de Estado y fue ubicada en un lugar privilegiado en la agenda oficial, incluso con el mismo peso que el ministro de Relaciones Exteriores, Héctor Timerman.
Conviene recordar que el papel de los integrantes de la familia presidencial en un sistema constitucional de derecho puede generar problemas cuando su actuación supera los límites del protocolo para internarse en el manejo de cuestiones de Estado. Las funciones desarrolladas por la hija de la presidenta superan con creces su aparente rol de mera acompañante presidencial. De hecho, ha celebrado reuniones de Estado en las cuales se ha desempeñado como representante de nuestro país, comprometiendo la voluntad de la Nación. Por citar una, la que mantuvo con la heredera del trono de Qatar.
Tal como señala la comunicación oficial, en esa oportunidad se habrían acordado cuestiones vinculadas con la difusión del cine argentino en ese país. La princesa qatarí actuó como parte de una monarquía absoluta, cuyo principal responsable es su padre, el emir. En ese país, es una familia dinástica la que gobierna por derecho divino y el acceso al trono se transmite por herencia entre sus integrantes, de conformidad con las normas que la regulan.
En el caso de Florencia Kirchner, es la descendiente de una funcionaria que ha sido elegida por el voto popular, por tiempo determinado y cuyos actos deben estar necesariamente motivados en normas legales y por lo tanto deben seguir los recaudos que ellas exigen. Nuestro sistema de gobierno no es monárquico sino republicano, en el que debe imperar la razonabilidad, la legalidad y toda designación debe ser explícita y tener como base la idoneidad y no la pertenencia a la familia a quien temporariamente ocupa la titularidad del Poder Ejecutivo.
Es lo que establece la Constitución, y es lo que se debe respetar sin concesiones, por el bien y la vigencia de la República.