La vieja disputa de la provincia de La Pampa contra Mendoza, iniciada a mediados del siglo pasado por el uso arbitrario de las aguas del río Atuel, a partir de la puesta en marcha del complejo hidroenergético Los Nihuiles en el sur mendocino, se ha reactualizado con la decisión de la Corte Suprema de Justicia de intervenir como "tribunal originario” de la última demanda, presentada en mayo último por el Estado pampeano.

La reactivación de la causa anexó 400 páginas más a las más de 10.000 fojas que documentan este litigio que por sus características atípicas no tiene precedentes, ya que ahora involucra al Estado Nacional como tercero en discordia. Es que el máximo tribunal, con las firmas de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Raúl Zaffaroni, no sólo receptó la demanda del gobernador pampeano, Oscar Mario Jorge, con el patrocinio del abogado constitucionalista Gregorio Badeni, sino que ha citado también a la Nación por su responsabilidad histórica en lo que se califica como "negligente administración de las presas de Los Nihuiles”, según la demanda, a la vez que le reclama como parte del resarcimiento por los daños causados.

La Pampa acusa a Mendoza de causarle un inmenso daño social en el noreste de aquella provincia, región que fue condenada al atraso en su desarrollo y al éxodo de su población debido al uso arbitrario del agua de ese río. Según el Gobierno de Santa Rosa, desde hace 60 años Mendoza redujo sensiblemente el caudal hídrico para el territorio pampeano, privando a su población de desarrollar una vida digna y causando, además, "un significativo daño ambiental, que debe ser remediado e indemnizado”. En ese contexto, incorporó la argumentación sobre caudales ambientales y productivos, tanto en lo que respecta a la cantidad como a la calidad del agua que deberá llegar a territorio pampeano.

La Corte resolvió correr traslado (notificar de la existencia) de la demanda interpuesta contra la Provincia de Mendoza para que la responda en un plazo de 60 días. En esa instancia citó, además, al Estado Nacional para que en igual plazo comparezca por la intervención que pudiere corresponderle, conformándose así un proceso de características históricas por el carácter de los involucrados y la colosal indemnización que podría corresponder.