A partir de fines de enero próximo, la actividad de todas las farmacias del país quedará limitada a la preparación de recetas, la dispensa de drogas, medicamentos, incluidos los denominados de "venta libre” y de otras especialidades farmacéuticas. Además, estos comercios podrán vender productos destinados a la higiene o estética de las personas, así como aquellos a los que se les asignen propiedades profilácticas, desinfectantes, insecticidas u otras análogas.

Esta disposición oficial está contenida en la resolución 1632/13 del Ministerio de Salud de la Nación, publicada el miércoles último en el Boletín Oficial, donde se otorga un plazo de 90 días para adecuarse a la norma, es decir la eliminación en estos comercios de la venta de alimentos, productos de quiosco y otros bienes no relacionados con la actividad farmacéutica, al tiempo que amplió la lista de los bienes que se pueden vender exclusivamente en farmacias.

Es decir, se terminará la actividad de las llamadas farmacias "shopping o polirrubro”, de las que existe una cadena de 198 locales en la Argentina, donde además de medicamentos y artículos de higiene y estética se venden alimentos, libros, discos compactos y recarga para celulares, entre otros productos.

La resolución ministerial se basa en la ley 26.567, promulgada en 2009, que estableció una serie de regulaciones sobre esta actividad, entre ellas la prohibición de vender medicamentos fuera de las farmacias, como quioscos, almacenes y supermercados que comercializaban los llamados medicamentos de "venta libre”, los que a partir de 2014 deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio.

Como han señalado las autoridades de la Confederación Farmacéutica Argentina (Cofa), entidad que agrupa a los colegios, círculos, federaciones y asociaciones de farmacéuticos de todo el país, se trata de una medida acertada por lo positiva en beneficio de la salud de la población, ya los comercios específicos son los únicos que garantizan la conservación y el trato adecuado que requieren el suministro de los medicamentos y elementos de uso médico como los descartables de uso médico, bioquímico y odontológico, al igual que los productos destinados a la higiene y atención del cuerpo humano.