La ley de impuesto a las ganancias establece cuatro categorías como el origen de las mismas. Las rentas del trabajo personal, las provenientes de la renta del suelo, las ganancias del capital, y las originadas en las empresas. En la declaración jurada se parte de un patrimonio al inicio, más los ingresos del año, menos el monto consumido, las deducciones admitidas por ley y de esa manera determinamos el patrimonio al cierre que será el patrimonio al inicio del siguiente año. El problema se ha presentado con un Señor que ha sido beneficiado con un milagro. Tenía 120.000 pesos en una caja de seguridad y cuando volvió a revisar su caja había 120.000 dólares. A pesar de la alegría, se presenta un problema en la contabilización impositiva del incremento patrimonial. Ya que la generación de esta ganancia no proviene de ninguna de las cuatro categorías legisladas en el impuesto. De modo que se hace necesario incorporar “el milagro” como la quinta categoría del impuesto a las ganancias en la legislación Argentina.
La reforma legislativa viene a resolver un vacío, ante la cantidad de casos que se vienen produciendo.
Por otro lado existen sectores que no están recibiendo los beneficios milagrosos. Si bien el indicador de la inflación es importante y tiene una tendencia a la baja no se ha traducido en un incremento del consumo debido a que los salarios se mantienen a niveles de la tasa de inflación. Pero existen factores como la tasa de interés y el dólar que presentaron últimamente tendencias hacia arriba. Se terminaron los dólares de la cosecha y se vienen los del Fondo Monetario, pero hubo que renovar letras del Tesoro capitalizables en pesos, con una tasa muy superior a las anteriores. El servicio de electricidad ha reconfigurado el bolsillo del consumidor argentino. Es importante que las inversiones lleguen a Doña Rosa y eso forma parte de la habilidad del equipo económico. Esta historia la vivimos en los noventa. Hablábamos de incremento del PBI a tasa del 7% anual pero se concentraba solo en sectores.
Otros milagros
Siguiendo con el tema de los milagros, el embajador norteamericano James Richard Cheek, en la época del Presidente Carlos Saúl Menem, era hincha de San Lorenzo de Almagro porque tenía los colores de la bandera de su país. Iba regularmente a la cancha y muy suelto de cuerpo y parafraseando su dichos afirmó que Argentina es el único país donde las fortunas se hacen de un día para otro. En Estados Unidos se hacen por lo menos en tres generaciones y con dificultades.
La gota que colmó el vaso hace unos días, es el señor al que se le transformaron milagrosamente los pesos en dólares. Se hace necesario legislar el milagro como la quinta categoría del impuesto a las ganancias en nuestro país.
Personalmente creo en los milagros. No es una expresión irónica. Los milagros de Nuestro Señor Jesucristo son una realidad que está refrendada por su resurrección y hubo un tiempo en el que verdaderamente hay una prueba histórica de los mismos, sobre todo en los primeros trescientos años posteriores a la vida pública de Jesús, donde abundan los testimonios de cristianos que entregaban su vida ante la justicia del Imperio Romano, que solo aprobaba el culto al emperador. Los procesos están documentados en actas. Hasta que el empleador Constantino aprueba el culto cristiano rendido ante la evidencia de los hechos. No en vano se divide el tiempo en antes y después de Cristo. Por lo tanto, como creyente no me cabe duda de los milagros de Jesús porque como verdadero hombre tenía una bondad probada y como verdadero Dios, resucitó.
Volviendo a los milagros argentinos, no me consta y tampoco los puedo negar, pero ante el histórico aumento en el número de casos, en mi opinión, se advierte la necesidad de reformar la ley de impuesto a las ganancias incorporando el milagro como quinta categoría, como un nuevo origen de la ganancia e incremento patrimonial del contribuyente..
Por Alberto Escales
Profesor Universidad Católica de Cuyo

