Al pagar el impuesto al iniciar la causa, desaparecen otras tasas e impuestos y se agiliza el proceso.

JAVIER VERA - Sec. Administrativo de Corte de Justicia

El clima de malestar de un sector de los abogados sanjuaninos con el nuevo valor de las alícuotas de sellado judicial no parece ser una nube pasajera, ya que opinan que los nuevos costos pueden provocar que algunas personas consideren buscar otro camino que el judicial para cobrar una determinada suma de dinero o, peor todavía, que directamente queden marginados de la posibilidad de acceder a la Justicia.

Para iniciar una demanda por un monto, un abogado debe abonar en 3 ventanillas: en el Poder Judicial, en el Foro de Abogados y en La Caja Previsional.

El enojo se ubica en el primer sector y tiene dos puntos principales. El primero es el aumento del porcentaje que cobran en Tribunales por los juicios por montos determinables, especialmente. Hasta el año pasado, la Ley Impositiva contemplaba el cobro del 1,5% del monto y que el demandante abonase la mitad de esa suma para comenzar la acción. Ahora, el porcentaje creció al 2,5, además de pagarse por completo. Por ejemplo, en una ejecución de honorarios de 100.000 pesos: antes, para comenzar el juicio, el demandante debía abonar 750 pesos de sellado judicial. Desde el 1 de febrero, 2.500.

La Ley Impositiva Anual aprobada por los legisladores es presentada por el Ejecutivo, que a su vez consulta a las distintas dependencias involucradas. El director de rentas, Adrián Villegas afirmó que en este caso se recibe la propuesta elaborada por la Corte de Justicia.

Si bien este 2,5 % sigue siendo inferior a comparación de las otras dos provincias de Cuyo (en Mendoza y San Luis se cobra el 3%) y de la Justicia Federal (4%) y sí superó a la otra provincia lindante (La Rioja cobra 1,8%), los abogados locales hicieron hincapié en que para el bolsillo el aumento fue, sin escalas, del 333% para comenzar una demanda en este ítem San Juan. "A un empleado le incrementan el 20% del sueldo y para litigar le aumentan más del 300%, es preocupante", indicó un litigante.

El aumento es desproporcionado, afecta la tutela judicial efectiva y viola la igualdad ante la ley.

MARCELO ARANCIBIA - Presidente Foro de Abogados

El Foro de Abogados publicó una solicitada a principio de año en la que ya fijó su postura, cuando consideró un incremento desproporcionado e irrazonable. Su titular, Marcelo Arancibia, afirmó directamente que "afecta la tutela judicial efectiva y la igualdad ante la ley".

Desde el Poder Judicial, el secretario Administrativo de la Corte de Justicia, Javier Vera, indicó que "el sistema de integración de pago junto a presentación de demanda se asimila al implementado por la Justicia Federal y en diversas jurisdiccionales provinciales" y resaltó que "las demandas con monto determinable, al pagar el impuesto correspondiente al iniciar la causa tienen pago hasta el Segundo Cuerpo y todas las instancias hasta las elevaciones a Cámara de Apelaciones". Entre los beneficios de la medida, argumentó que "elimina una de las causas de la morosidad y favorece el impulso procesal conforme al Código de Procedimiento, al eliminar una práctica que obstaculiza el avance natural de los procesos, que obliga a los juzgados a exigir reposición previa de sellado para proveer peticiones o dictar resoluciones". Además, "agiliza y acorta tiempos de los procesos al no exigir tampoco sellados de auxiliares de la justicia, ni sellado de incidentes, tercerías, y recursos ante segunda instancia. También posibilita mejor aprovechamiento de recursos humanos al evitar control y auditoría constante de empleados para cómputo de sellado", agregó.

Pero Arancibia no estuvo de acuerdo que sea efectiva la medida contra la morosidad. Señaló que antes, si el demandado contestaba, debía abonar el otro 0,75% del impuesto. Pero ahora como no paga, puede llenar de chicanas la contestación. "Pone, si quiere, unas seis excepciones para dilatar el proceso y que vaya resolviendo el juez", estimó.

Además, señaló que si el expediente supera las 400 fojas, significa que el demandante tendrá que abonar otra suma, que hoy asciende a los mil pesos.

Arancibia añadió que el mantenimiento de la Justicia debe estar sostenido por el Estado y por los particulares que van a buscar justicia y hoy no termina de cumplirse esa premisa. Aclaró que si bien el Poder Judicial tiene un presupuesto fijado por la Constitución, resulta irritante al excluir del pago de toda tasa judicial a la Fiscalía de Estado, por lo que es subsidiada por el sector privado. "Resulta que por año la Fiscalía de Estado inicia entre 50.000 y 70.000 demandas y no paga tasas de justicia. No lo hace desde la Ley de Emergencia de 2001. ¿Por qué ahora sigue exenta y el particular paga más?", se preguntó.

Recién el próximo mes podrían realizarse las primeras estimaciones para comparar si los nuevos costos disminuyeron la cantidad del inicio de demandas.