Buenos Aires, 13 de Mayo.- Las sanciones aplicadas por Moreno a las consultoras Fiel, Ego Go SA, Latin Eco SA, Finsoport SA, Efimak SRL, Bevacqua Graciela Cristina y Gabriel Rubinstein y asociados fueron dejadas sin efecto por sendos fallos de las salas I, II, III y IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
La Secretaría de Comercio Interior había considerado en su momento que las consultoras violaron la Ley de Lealtad Comercial; en particular las acusaba de incumplir el artículo 9° de esa ley, dictada por la última dictadura, en mayo de 1983.
El artículo penaliza "cualquier clase de presentación, publicidad o propaganda que mediante inexactitudes u ocultamientos pueda inducir a error, engaño o confusión respecto de, entre otras cosas, el precio y condiciones de comercialización de bienes muebles, inmuebles o servicios".
Según la visión de Moreno, estas firmas, al brindar sus estadísticas, difundían "información inexacta".
Sin embargo, los tribunales mencionados consideraron que la conducta imputada por la Secretaría de Comercio no se encontraba tipificada en ese artículo, por lo que decidieron revocar las sanciones.
Las multas impuestas por la Secretaría de Comercio ascendían a 500 mil pesos e incluso uno de los afectados, la consultora Finsoport SA, de Jorge Todesca, había denunciado penalmente a Moreno.
