El escenario hoy por hoy, no obliga a las mineras a contratar empresas y obreros locales, porque el único marco de referencia que tienen es lo que está expresado en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), donde dice que "tendrán preferencia los proveedores locales", pero sólo resulta ser una expresión y en ningún momento está contemplado como un requisito obligatorio al que deben recurrir las grandes compañías mineras extranjeras. Estos "grises" dentro de los derechos y obligaciones que tienen las mineras para con el lugar de origen del yacimiento, han sido reiterado motivo de disgusto y enojo de los empresarios, que incluso derivaron en que el titular de Cámara Argentina de Servicios Mineros (Casemi), Fabrizzio Benedetti, renuncie a su cargo.
Atento a esto, es que el diputado nacional por San Juan, Daniel Tomas, busca que por ley quede contemplado, con porcentajes inclusive, cuánto del volumen de los contratos se deben cerrar con firmas locales.

