Buenos Aires, 7 de enero.- La Gerencia Principal de Estudios y Dictámenes Jurdicos del Banco Central (BCRA) recomendó en un dictamen al presidente de la entidad, aguardar el pronunciamiento del Congreso Nacional, para disponer en el uso de las reservas.

El dictamen precisa que ‘no surgiendo del análisis practicado que el Decreto 2010/09 y, por tanto, los actos dictados como consecuencia del mismo den cumplimiento a los recaudos constitucionales, y surgiendo del análisis técnico efectuado la situación actual de las denominadas reservas de libre disponibilidad y los riesgos que la operatoria implica para el desarrollo de la poltica monetaria y financiera del BCRA, se entiende aconsejable que esta Institución aguarde la intervención parlamentaria correspondiente para seguir el curso de la acción previsto por el Art. 3 del Decreto 2010/09‘.

El escrito detalla que ‘la Carta Orgánica del BCRA es clara y categórica al señalar cuál es el objetivo superior al cual ha de dirigir el BCRA su actividad; al establecer como principio que no ha de seguir órdenes, indicaciones o instrucciones del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) al formular y ejecutar la poltica monetaria y financiera; y al precisar que no puede asumir obligaciones que impliquen condicionar, restringir o delegar el ejercicio de sus facultades legales sin autorización expresa del Congreso‘.

Más adelante, el órgano asesor jurdico del BCRA pone de relieve que ‘ningún sentido tendran las prohibiciones y recaudos establecidos por la Carta Orgánica que incluyen el financiamiento al gobierno si el PEN pudiera modificar y fijar excepciones a dichas disposiciones, con la mera invocación de existir urgencia e imposibilidad de seguir el trámite ordinario de las leyes y sin siquiera precisar cuáles son las circunstancias determinantes de la urgencia e imposibilidad, como en el presente caso‘.

En otro párrafo, enfatiza que ‘la Presidencia y el Directorio, como órganos encargados, respectivamente, de velar por el cumplimiento de la Carta Orgánica y demás leyes nacionales y de tomar intervención en las decisiones que afecten el mercado monetario y cambiario y establecer normas para la gestión del Banco, deben verificar que realmente existen las circunstancias de necesidad y urgencia que el DNU invoca para determinar cuál es el marco normativo al que corresponde ajustarse los actos del BCRA‘.

En tanto el directorio del Banco Central de la Republica Argentina resolvió hoy instruir a las distintas áreas de la autoridad monetaria para que instrumenten los procedimientos necesarios para la ejecución del decreto 2010/ 09, que estableció la creación del Fondo del Bicentenario para el Desendeudamiento y la Estabilidad.

El Directorio del Banco Central se reunió encabezado por el vicepresidente Miguel Pesce, en la sede de la institución, para analizar la situación del presidente Martín Redrado y el Fondo del Bicentenario.