La Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió un fallo que confirma que está bien la ‘reexpresión’ o actualización de bonos o créditos fiscales de la Promoción Industrial que aplicaron tras la devaluación 5 empresas sanjuaninas y 1 de San Luis -tal como falló previamente la Justicia de primera y segunda instancia. Se trata de litigios entablados por las empresas contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), y si bien el fallo sólo sirve para esos casos puntuales, pueden sentar precedente para otras firmas promocionadas en la misma situación, explicó el fiscal de Estado, Guillermo De Sanctis.

En un primer momento se pensó que el fallo era sólo para la firma puntana Orbis, pero ayer se confirmó que también es para las sanjuaninas Urdega, Aceros San Juan, Tintorería Ullum, Tejeduría Galicia y José Angel Zoberman. Si bien la noticia se conoció ayer, el fallo de la Corte fue emitido el 4 de junio pasado, según informó el Fiscal de Estado.

El beneficio obtenido se refiere al proceso judicial por la ‘’reexpresión’’ de los bonos fiscales de la promoción industrial que las empresas mencionadas entablaron tras la salida de la convertibilidad en la Argentina. Después del año 2002, las empresas argumentaron que los gastos se incrementaron al ritmo de la devaluación, pero los beneficios fiscales permanecieron sin actualizarse.

Las firmas, por medio de amparos o acciones declarativas lograron estos años que la Dirección General Impositiva les tuviera que reconocer a valor actualizado los créditos fiscales no utilizados (a esto se le llamó reexpresión). En la práctica, si alguna de esas empresas aun conserva remanentes o cupos de créditos fiscales cuyo monto actualizó, les permite que los siga utilizando. También es un gran alivio, porque si el fallo hubiese sido adverso, las empresas promocionadas deberían devolver todo el dinero que fueron actualizando estos años de los bonos o créditos fiscales.

Lo que hay que destacar es que se trata de un viejo reclamo de las industrias promocionadas que no tiene que ver con la pelea por la vigencia del decreto 699 que extiende la prórroga solicitada de los beneficios de la promoción industrial.

El proceso llegó al máximo órgano judicial de la Nación luego de que los Juzgados Federales de las provincias de San Luis y San Juan, y la Cámara Federal de Mendoza aceptaran la petición de las 6 empresas mencionadas. Ambas sentencias fueron apeladas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). En el caso de San Juan fueron unas 70 empresas las que hicieron planteos ante la Justicia Federal, pero no todos los casos llegaron a la Corte Suprema de Justicia como ocurrió con las causas de las 6 empresas que ahora obtuvieron un fallo favorable. Fuentes locales dijeron que ‘’no hay que tirar manteca al techo, porque el fallo sólo sirve para los casos puntuales’’. En ese sentido, De Sanctis explicó que la Corte no resuelve el fondo de la cuestión, sólo dice ‘desestimar el recurso extraordinario presentado, conforme al artículo 280 del Código Procesal Civil de la Nación. Ese artículo permite rescatar causas sin dar mayores fundamentos’’. ‘’Eso sí -agregó- todas las empresas que tienen reexpresión otorgada por la Justicia federal de San Juan y confirmadas por la Cámara federal de Mendoza, no se tienen que descuidar’’.

Ayer, al conocerse la noticia, se supo precisamente que industriales locales diseñan una estrategia en torno al tema. Una fuente calificada, confirmó a DIARIO DE CUYO Online que se está delineando una estrategia común entre las empresas, para que los abogados de las mismas, estudien el fallo y traten de seguir el mismo camino que las firmas que resultaron beneficiadas. La acción sería inmediata, ya que se busca no dejar enfriar el tema.