La Corte Suprema de Justicia de la Nación se declaró incompetente para entender en un planteo realizado por el riojano Roberto Ramón Flores Núñez contra la empresa Minas Argentinas SA y la Provincia de San Juan, quien había denunciado que el proyecto Gualcamayo, ubicado en Jáchal, podía dañar el medio ambiente e incluso contaminar los recursos hídricos con productos químicos. Se trata del primer caso en el que intervino el máximo tribunal de Justicia del país, pero hay otros 4 con reclamos similares que podrían correr igual suerte, según interpretó el fiscal de Estado, Guillermo De Sanctis.
En una resolución que tiene fecha del 27 de agosto pasado, pero que recién se conoció ahora, la Suprema Corte entendió que en el planteo de Flores Núñez no se demostró que la actividad desarrollada por la minera “pudiera afectar el ambiente más allá de los límites territoriales sanjuaninos”. Es que según los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional, el tribunal superior tiene competencia originaria y exclusiva en los casos en que, por ejemplo, haya causas en las que estén involucradas 2 ó más provincias o entre vecinos de distintas provincias, por ejemplo. Pero como entendió que no es éste el caso, resolvió que sean los tribunales ordinarios de San Juan los que deben entender en cuestiones de este tipo.
Según la presentación del riojano, citaba que la mina estaba asentada sobre el río Gualcamayo-Los Piojos, que es integrante de la cuenca del río Bermejo-Desaguadero, que atraviesa las provincias de La Rioja, San Luis, Mendoza y La Pampa. Y que cualquier inconveniente de contaminación producido por la actividad minera podría repercutir en la calidad del agua de la región.
Pero en este planteo, la Suprema Corte entendió que “el mentado carácter interjurisdiccional del recurso afectado no resulta manifiesto”. Y por eso lo rechazó.
El fiscal De Sanctis interpretó que la decisión “significa un reconocimiento de las autonomías provinciales sobre la base de entender que la realidad medioambiental, el suelo, el aire, el agua y todos los recursos son provinciales”.
“La Corte Suprema sólo actúa si en materia ambiental una provincia puede afectar a otra, pero no fue este el caso”, aclaró.
El funcionario precisó que junto a la presentación del riojano hay otros otros 4 planteos similares, conocidos como los casos Vargas, FUCI, Raffo y Solanas y el de la Asociación Diálogo por el Ambiente, por cuestiones de contaminación ambiental. Y que todos podrían correr la misma suerte, es decir que no prosperarían.
Para defender los intereses de la provincia en materia de medio ambiente, De Sanctis adelantó que trabaja en la creación de un área de Derecho Ambiental en el ámbito de la Fiscalía de Estado. “Vamos a defender el concepto de que San Juan está haciendo bien las cosas en materia de medio ambiente”, dijo el fiscal De Sanctis.