Alerta para los grandes deudores de impuestos locales. La gestión giojista planea adherir a una ley nacional que prevé penas de prisión efectiva para los que evaden más de 400 mil pesos, lo que podría dejar en una situación incómoda a decenas de empresas y contribuyentes sanjuaninos que hoy arrastran un rojo superior a esa cifra. Sucede que, por primera vez, se les aplicaría un castigo penal se si comprobara que apelaron a un engaño para zafar de sus obligaciones con el fisco provincial. La medida se sumaría a un paquete de duras acciones que la Dirección General de Rentas viene ejecutando desde hace rato para intentar reducir el alto nivel de morosidad.
La noticia la dio a conocer ayer el ministro de Hacienda y Finanzas de la provincia, Francisco Alcoba. “Estamos trabajando en eso, porque en San Juan ha llegado la hora de una aplicación plena y efectiva la Ley Penal Tributaria”, aseguró en el programa “A todo o nada”, de Radio Sarmiento.
La Ley Penal Tributaria fue sancionada por el parlamento argentino en 1996, endurece las sanciones contra aquellos que ejecutan algún artilugio para no pagar impuestos y se aplica únicamente en las causas que inicia la AFIP en los tribunales federales por impuestos nacionales como IVA, Ganancias y Bienes Personales. En la provincia, en cambio, los que evaden tributos (Ingresos Brutos, Automotor, Inmobiliario) sólo pueden ser demandados judicialmente en el fuero Civil para que regularicen su situación y no sufren ninguna otra consecuencia.
Si el Gobierno giojista avanza y adhiere al régimen nacional, los que le adeuden grandes sumas de dinero a la provincia quedarían en peligro de recibir una sanción mucho más severa. La ley concibe como un delito evadir impuestos por más de 400 mil pesos por tributo y por años y castiga a los responsables con penas que van de 2 a 6 años de prisión. Y si hay un agravante, como que el monto sea mayor a 4 millones de pesos, la escala se eleva y va de 3 a 8 años.
Para que un moroso sea considerado evasor, el juez que intervenga en la causa penal debe determinar que hizo uso de un ardid para no pagar o pagar menos de lo que debería. Por ejemplo, que haya dado datos falsos en una declaración jurada o que no declare bienes sobre los que hay que tributar.
Así las cosas, los que engañen al Estado provincial y excedan el límite que fija la ley, podrían ir presos dependiendo de la pena que les caiga encima. Si reciben una condena menor a 3 años, no se verían obligados a quedar tras las rejas. Pero si es de 3 o más años, no les quedaría otra alternativa a pagar con la cárcel.
El listado de morosos que la Dirección General de Rentas pública regularmente en su página web, como una forma de ponerlos en evidencia ante la opinión pública y persuadirlos a que se pongan al día, revela que en San Juan hay personas físicas y jurídicas que están por encima de los 400 mil pesos. Algunos de ellos, incluso, adeudan montos que van de 1 a 8 millones de pesos. Claro que para ser pasibles de la Ley Penal Tributaria, se debe acreditar que hubo dolo, es decir intencionalidad, para esquivar al fisco.
Alcoba advirtió que están estudiando puntos que son fundamentales para instrumentar la ley y hacerla efectiva. Entre otros, hace falta definir qué juzgados provinciales intervendrán en los procesos penales contra los presuntos evasores. Una opción es darle competencia tributaria a los del fuero Correccional y la otra consiste en crear uno específico. Los dos suponen poner a disposición de los magistrados a especialistas en materia impositiva, para que la falta de recursos especializados no haga fracasar las investigaciones.