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DEUDAS IMPOSITIVAS

ARCA lanzó un plan de pagos de hasta 18 cuotas: quiénes pueden acceder y hasta cuándo

El organismo permitirá regularizar deudas vencidas al 30 de junio. El trámite estará disponible hasta el 30 de octubre y exige un pago inicial.

Por Redacción Diario de Cuyo 14 de julio de 2026 - 10:20

ARCA puso en marcha un nuevo plan de pagos para que mipymes, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro regularicen deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social. El régimen contempla obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026 y permite financiarlas en hasta 18 cuotas.

La medida fue formalizada mediante la Resolución General 5875/2026, publicada en el Boletín Oficial. El objetivo es facilitar el cumplimiento de las obligaciones acumuladas por sectores considerados estratégicos para el empleo, la producción y el desarrollo de las economías regionales.

El beneficio no funciona como una moratoria con quita: no reduce los intereses resarcitorios o punitorios ni elimina las sanciones aplicadas. Lo que ofrece es la posibilidad de consolidar y financiar la deuda bajo condiciones especiales.

Quiénes pueden adherirse al plan de pagos de ARCA

El régimen alcanza a tres grandes grupos de contribuyentes:

Para las mipymes, será fundamental tener vigente el certificado al momento de solicitar la adhesión. Los contribuyentes también deberán ingresar con clave fiscal al servicio “Mis Facilidades” y contar con Domicilio Fiscal Electrónico constituido.

Qué deudas se pueden incluir

El plan permite regularizar obligaciones y multas vencidas o aplicadas hasta el 30 de junio de 2026, inclusive. Entre los conceptos admitidos se encuentran:

La inclusión de una deuda no implica que ARCA renuncie a los intereses o sanciones existentes. Esos montos formarán parte del saldo que deberá financiarse.

Cuántas cuotas ofrece ARCA

Las condiciones cambian según el tipo de contribuyente y la obligación que se quiera regularizar.

Micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro

Medianas empresas de los tramos 1 y 2

Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas. Tanto el pago a cuenta como cada cuota deberán ser de al menos $50.000. La normativa no establece un límite en la cantidad de planes que puede presentar un mismo contribuyente.

Qué obligaciones quedan afuera

No todas las deudas pueden incorporarse. Entre las principales exclusiones aparecen:

Tampoco podrán adherirse las personas condenadas mediante sentencia firme por determinados delitos tributarios, aduaneros o vinculados con el incumplimiento de obligaciones fiscales, mientras la condena no se encuentre cumplida.

Cómo adherirse y cuál es la fecha límite

La inscripción estará abierta hasta el 30 de octubre de 2026, inclusive. El trámite deberá hacerse de manera digital desde el servicio “Mis Facilidades”, seleccionando la opción:

Régimen Especial de Facilidades de Pago – Obligaciones vencidas al 30/06/2026.

La deuda quedará consolidada el día en que se cancele el pago a cuenta. En ese momento, el plan se presentará automáticamente y ARCA enviará la confirmación mediante el Domicilio Fiscal Electrónico.

Cuándo puede caer el plan

ARCA dará por caducado el plan cuando se produzca alguna de estas situaciones:

Una vez declarada la caducidad, el organismo podrá iniciar acciones judiciales para reclamar el total del saldo pendiente, junto con los intereses correspondientes.

Documento Oficial de ARCA

A continuación, se puede consultar la Resolución General 5875/2026 completa, con las condiciones, obligaciones comprendidas y exclusiones del nuevo plan de pagos.

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