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ARCA volvió a prorrogar Ganancias y extendió el plazo hasta octubre

La declaración jurada del período fiscal 2025 podrá presentarse hasta el 13 de octubre. El primer anticipo de 2026, en cambio, mantiene su vencimiento para este jueves 24 de septiembre.

Por Redacción Diario de Cuyo 21 de septiembre de 2026 - 12:40

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a modificar el calendario del Impuesto a las Ganancias y otorgó más tiempo a las personas humanas alcanzadas por la obligación. A través de la Resolución General 5898/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, extendió hasta el 13 de octubre el plazo para presentar la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2025.

La medida representa una nueva postergación de una obligación que ya había sido desplazada anteriormente. El vencimiento había quedado establecido para el 22 de septiembre luego de prórrogas previas, pero ARCA volvió a correrlo al considerar conveniente otorgar más tiempo para facilitar el cumplimiento tributario. La modificación alcanza a las personas humanas comprendidas por el régimen correspondiente.

Qué pasa con el primer anticipo de Ganancias 2026

La extensión de la declaración jurada no modifica, sin embargo, otra fecha clave. ARCA confirmó que el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026 seguirá venciendo el jueves 24 de septiembre, tal como había sido establecido previamente.

Esto puede generar una situación particular para quienes lleguen al vencimiento sin haber presentado todavía la declaración jurada 2025. La nueva resolución establece que, si el sistema Cuentas Tributarias no muestra el importe del primer o segundo anticipo debido justamente a esa falta de presentación, el contribuyente deberá determinar e ingresar el monto utilizando la información de sus propios papeles de trabajo.

En otras palabras, la posibilidad de presentar la declaración jurada recién en octubre no posterga automáticamente los anticipos del nuevo período fiscal. El primer pago de 2026 conserva su vencimiento esta semana y deberá ser calculado por el contribuyente cuando el sistema no lo determine de manera automática.

Cómo queda el calendario

Con la nueva resolución, el esquema para los contribuyentes alcanzados queda con dos fechas centrales:

La prórroga se concentra únicamente en la presentación de la declaración jurada. El vencimiento para el pago del saldo correspondiente al período fiscal 2025 no fue modificado por esta resolución y había quedado fijado previamente para el 27 de julio.

ARCA señaló oficialmente que la extensión responde a razones de administración tributaria y busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes. La Resolución General 5898/2026 entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial este 21 de septiembre.

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