Dos jóvenes de 19 y 18 años que el 12 de junio pasado habían sido condenados a 2 meses de prisión sin encierro por tentativa de robo simple contra un menor de 14 años, fueron absueltos por el beneficio de la duda por el juez de Impugnación, Benedicto Correa, quien revocó el fallo con durísimos términos, por el rol que cumplieron el juez, Ricardo Grossi, y la fiscal, Virginia Branca, ambos del fuero de Flagrancia. Al revisar la sentencia, a pedido del defensor, Mario Morán, Correa detectó varias irregularidades en el procedimiento, entre las que sobresalió el hecho de usar como testigo a Andrés Seruti, el ayudante fiscal. ‘Todo un absurdo procesal’, dijo en su fallo, al explicar que ese funcionario es parte en el proceso (integra Fiscalía), tiene un interés en la causa (Seruti declaró que no lo tenía), y, además, no atestiguó nada del hecho porque llegó después a dar instrucciones a los policías.
Según Correa, el ayudante fiscal jamás debió ser propuesto como testigo por Fiscalía y los jueces que intervinieron no debieron permitirlo y, menos aún, valorarlo como prueba, como se hizo.
Además, en el juicio se pretendió incorporar como testigo a una persona que nada atestiguó y al que, encima, los policías le hicieron firmar un documento que se quiso utilizar como un ‘informe técnico’ de la mochila rota del menor. Lo grave para el magistrado, fue que los testimonios de esos policías se dieran por válidos, cuando el mismo juez calificó luego su actuación de ‘mala’.
Por esa y por otras razones, los cuestionamientos más duros del juez Correa, recayeron sobre Grossi.
‘(…) luego de analizar el presente recurso de apelación, comparto con la defensa que la fundamentación de la sentencia, en partes es aparente, en otras contradictoria y por momentos carece de razonabilidad en función de la prueba esgrimida en el proceso’, aseguró el magistrado, quien pareció verse obligado a explicar cuáles son las normas y cómo aplicarlas cuando se encara una investigación para resolver un delito, con la recolección de evidencias que sirvan para incriminar a algún sospechoso en el nuevo sistema adversarial, que es básicamente oral.
El hecho que terminó con Mateo Emanuel Bravo (18) y Adrián Iván Escudero (19) inicialmente presos (siempre negaron haber cometido ese delito), ocurrió el 20 de abril sobre las 19,30 , en inmediaciones de Libertador y España, Capital. Esa vez, un menor fue golpeado por resistirse a que ‘un grupo’ de sujetos, le robe su mochila.
A partir del ataque, comenzaron las irregularidades. Resultó que, enseguida, Bravo y Escudero fueron detenidos como posibles autores del robo frustrado, decisión que el defensor calificó en el juicio como ‘clasista y discriminatoria’. Según el abogado, los atraparon ‘cuando iban caminando, solo por su aspecto’.
Lo que seguía era que ambos no fueran vistos por la víctima, quien antes que nada debía describir su aspecto físico y la vestimenta que tenían sus atacantes, para luego exponerle a los sospechosos en una rueda de personas por si los identificaba. Pero resultó que no le pidieron hacer esa ‘ineludible’ descripción al menor y tampoco se hizo el reconocimiento. En el juicio, ese chico dijo que no podía describir a sus atacantes, pero los reconoció porque cuando se tramitaba el caso compartió un mismo espacio con los sospechosos en el edificio de Flagrancia, algo que tampoco debió suceder, como remarcó el defensor.

