El 15 de agosto último venció el primer plazo del plan especial para regularizar deudas contraídas con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), aduaneras, impositivas y de la seguridad social con vencimiento al 31 de marzo del presente año. Hasta esa fecha se podía pagar de contado o hasta en 3 cuotas mensuales, obteniendo una condonación del 70% de los intereses. Ahora, y hasta el 13 de diciembre próximo continuarán, como una primera opción, los planes de 1 a 3 cuotas, pero con una menor quita de intereses resarcitorios y punitorios que operarán de la siguiente manera: del 16 de agosto hasta el 14 de septiembre, se condona el 60%, y del 15 de septiembre hasta el 14 de octubre se condona el 50%.
La otra opción, que para algunos sectores de la producción y la industria es la gran alternativa que ofrece esta moratoria 2024 es abonar con planes de largo plazo, que según el tipo de contribuyente pueden llegar a 36, 48, 60 u 84 cuotas mensuales. Aquí la condonación de intereses será del 40% si la adhesión al plan se hace antes del 14 de octubre, y será del 20% si se concreta entre el 15 de octubre y el 13 de diciembre.
En cada caso la AFIP exige un pago a cuenta inicial del 15% al 25% de la deuda consolidada, aplicándose una tasa variable como los descuentos comerciales del Banco Nación. En este sentido entidades como el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de San Juan (CPCESJ) consideran que la moratoria es conveniente solo en cierta forma, ya que se conocen casos de empresas a las que se les complica mucho acceder al plan por el monto de contado que exige la AFIP, lo que ha quedado demostrado en esta primera etapa de adhesiones que era la más conveniente, pero que no ha sido aprovechada por muchos contribuyentes, consignó el presidente del Consejo Fabián Rodríguez.
Uno de los aspectos más importantes de la moratoria es que adhiriendo a ella, las multas quedan condonadas al 100% y se suspenden las acciones penales en marcha por las deudas regularizadas. Además se obtiene una reducción del 50% en los honorarios de los representantes del fisco respecto de las deudas que estén en discusión.
Desde la dirigencia de la Unión Industrial Argentina (UIA) Hugo Goransky considera que toda herramienta que pueda reactivar la economía del país es bien vista y que en este caso la moratoria es un importante incentivo para regularizar la situación de las pymes, llevando un alivio a estas empresas que soportan el peso de los 165 impuestos actualmente en vigencia en el país.
Respecto de los requerimientos para acceder a la moratoria se exige presentar las declaraciones juradas o liquidaciones determinativas de las deudas a regularizar, y declarar la CBU (Clave Bancaria Uniforme) de la cuenta que se debitarán las cuotas del plan de pago. También tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
Un aspecto a tener en cuenta es que las deudas por la Seguridad Social pueden acogerse al régimen de la Moratoria, no así la de las Obras Sociales, por estar expresamente excluidos. Sin embargo la cancelación total, de contado o mediante plan de facilidades de pago de los aportes y contribuciones de la seguridad social producirá un efecto de extinción de la acción penal, sin perjuicio que los de Obras Sociales no se encuentren regularizados.
