El plan de los 1.000 días, una iniciativa que naciera en la provincia de San Juan y que fuera adoptada a nivel nacional con el objeto de proporcionar atención y cuidado integral de la salud durante el embarazo y la primera infancia, se convirtió en ley en los últimos días del año pasado, al ser aprobada por el Senado, y apenas sea promulgada por el Ejecutivo Nacional estará en condiciones de ser implementada, algo que debería ocurrir a la brevedad para asistir de manera urgente a un amplio sector de la población que necesita imperiosamente de esta asistencia, cuidando siempre que el objetivo principal se cumpla y que los fondos asignados tengan el destino que corresponde. 

La polémica generada por la sanción de la ley del aborto legal en el país, ensombreció la aprobación de la ley del plan de los 1.000 días que quedó en un segundo plano, sin considerarse la importancia que esta legislación tiene para asegurar la gestación, nacimiento, crecimiento y desarrollo de niños que pertenecen a los sectores más carecientes de la sociedad argentina. Distintos sectores de la comunidad coinciden en que estamos ante el momento propicio para que la ley sea implementada en forma urgente, dada la difícil situación socioeconómica por la que atraviesan las familias más carecientes, y la necesidad de que los niños por nacer o que tienen menos de 3 años de edad no pasen necesidades alimenticias, que es a lo que fundamentalmente a apunta este plan. 

La ley de los 1.000 días representa una verdadera política pública para el cuidado de los niños, por lo que es primordial que la iniciativa no quede sólo en buenos propósitos y se concrete con la idea de ayudar a miles de madres en período de gestación y a niños de la primera infancia previo a su ingreso al sistema educativo.

Con algunas pequeñas modificaciones el programa contempla similares características al plan original forjado en San Juan, denominado ‘Mis primeros 1.000 días" que se ha estado desarrollando en nuestra provincia en forma satisfactoria, de acuerdo a la opinión de los profesionales médicos, al haberse cubierto un gran porcentaje de la población infantil que requiere esa asistencia.

Al promulgarse y reglamentarse esta norma se deberán tener en cuenta aspectos vinculados con el plan de tal forma que la implementación se haga en forma efectiva a través de organismos oficiales u ONGs responsables que no tengan ninguna vinculación con los movimientos sociales o populares. La ayuda debe estar orientada exclusivamente a las embarazadas y los niños menores de 3 años y ese objetivo no puede desviarse ni permitir el entrometimiento de sectores ajenos al ámbito de salud y del cuidado de los infantes.