Inconstitucionalidad de la interrupción del embarazo
Un análisis de la legislación en vigencia llega a la conclusión de que el derecho a la vida está garantizado por la Constitución Nacional y otras normas vinculadas.
Un análisis de la legislación en vigencia llega a la conclusión de que el derecho a la vida está garantizado por la Constitución Nacional y otras normas vinculadas.
Ante un nuevo avance de los proabortistas en el Congreso Nacional por conseguir la legalización de la interrupción del embarazo, conviene analizar qué es lo que expresa la Constitución Nacional y otras normas vinculadas, partiendo del principio de que el derecho a la vida está garantizado por esta Ley fundamental del Estado.
El diputado nacional de 'Cambiemos-Pro'' Jorge Enríquez, advierte que mientras no se reforme la Constitución Nacional, no habrá en Argentina derecho al aborto y que es indispensable que esa reforma nunca se produzca, ya que sería aberrante que la muerte deliberada de un niño gozara de tutela jurídica.
Ahora bien, los puntos a tener en cuenta en esta defensa de la vida que estamos pregonando son los siguientes:
Por todo lo expresado concluimos que sólo a través de una reforma constitucional se podría establecer que la vida comienza después de la concepción y eso es algo que en principio resulta irrazonable, porque prescindiría del conocimiento científico, que ha determinado fehacientemente que la existencia del ser humano empieza en el mismo momento en que el núcleo del espermatozoide ingresa en el óvulo y se produce la concepción.