Finalmente el Gobierno nacional ha reglamentado la percepción del impuesto sobre las ganancias de la renta financiera, que alcanza a los plazos fijos, acciones, bonos y alquileres, con una alícuota de entre el 5 y el 15 por ciento y que haya logrado un retorno superior a los 67.000 pesos durante el año pasado. El decreto 1170 forma parte de la polémica ley 27.430 de reforma tributaria, que ha tomado por sorpresa a los mercados.


Es que el extenso decreto de 68 páginas deberá ser estudiado por los agentes financieros debido a su complejidad y por ser retroactivo al 1 de enero de 2018, por lo cual ya se habla de inconstitucional. De todas maneras la norma está en marcha y pone sobre el tapete a los bancos y a otros agentes del sector financiero para suministrar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) todos los datos de sus clientes, personas humanas o sucesiones indivisas.


No será fácil interpretar el procedimiento impositivo y los profesionales del sector tendrán una ardua tarea para interpretar cada uno de los pasos a seguir, frente a incertidumbre de los clientes, que además, buscarán una salida para sus ahorros. La vuelta al colchón, que prevén algunos observadores puede encarecer los créditos bancarios al quedarse sin liquidez, y la gente buscaría divisas en el mercado negro para evadir los depósitos declarados.


La idea de gravar la renta financiera fue una propuesta legislativa opositora de Sergio Massa, pero tuvo la aceptación del oficialismo para convertirla en ley, no obstante las afirmaciones del presidente Mauricio Macri sobre la enorme carga impositiva que soportan los argentinos y la necesidad de atenuarla. Mirando al futuro, se especula que la rapidez de reglamentar esta ley apunta al vencimiento de 20.000 millones de dólares que se deben pagar al FMI en 2020.


En marzo comenzará el plazo para enviar las declaraciones juradas a la AFIP y en junio los comprendidos deberán pagar un índice de $104.735,77 señalado para 2019, que será actualizado en lo sucesivo por los precios al consumidor del Indec. Lo único que queda exento son las cajas de ahorro, las acciones locales y la ganancia cambiaria por tenencia de dólares. Algo a favor de la alicaída y sufriente clase media argentina por los impactos de una política fiscal implacable.