A poco de conocerse que el Gobierno nacional formalizó la propuesta de los jueces Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla para integrar la vacante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Corte de Justicia de San Juan, que preside Marcelo Lima, en una insólita acción se pronunció en contra de esa postulación argumentando que la propuesta del Ejecutivo nacional no contempla “equidad de género ni federalismo”. Se trata de una posición que ha llamado la atención ya que no le corresponde a la justicia local inmiscuirse en asuntos de la Corte Suprema, que está siguiendo los procedimientos para cubrir la vacante que se originó tras la salida de la exministra de la Corte Elena Highton de Nolasco. De ahí que el lunes último saliera publicado en el Boletín Oficial la concreción por parte del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) de la postulación de los magistrados.

Expertos vinculados al funcionamiento de la justicia señalaron que en relación a este tema hay que ser muy prudentes y no inmiscuirse en asuntos que son de exclusiva competencia de organismos nacionales pertenecientes a los tres poderes de Estado. 

Si bien es cierto que desde el PEN se dio a conocer la propuesta hace más de un mes y que el nombre de los postulados, especialmente el de Ariel Lijo, fue duramente criticado por sectores del oficialismo y la oposición, el gobierno siguió con el mismo objetivo ya que en definitiva dependerá de la Cámara de Senadores de la Nación aceptar o no a los postulados.

Los miembros de la Corte de Justicia de San Juan, debieron ser más prudentes al momento de oponerse a los magistrados postulados por el gobierno de Javier Milei, ya que es un tema que debe ser resuelto exclusivamente en el ámbito nacional. Que la Corte sanjuanina tenga una opinión formada respecto a los postulantes, es algo que debería haberse manejado con mucha prudencia sin fijar una posición en una forma tan contundente y totalmente en contra del Poder Ejecutivo Nacional y de todos los organismos que intervienen en estas designaciones.

Se debe tener en cuenta que al momento de efectuar las postulaciones, conforme a lo que establece el artículo 4to. Del Decreto Nº222/03, modificado por el Decreto Nº267/24, se han considerado los estudios, posgrados y antecedentes laborales de los magistrados. Asimismo para la preselección se tuvo en cuenta el prudencial respeto al buen nombre y honor de los propuestos, la correcta valoración de sus aptitudes morales, su idoneidad técnica y jurídica, su trayectoria y su compromiso con la defensa de los derechos humanos y los valores democráticos que lo hagan merecedor de tan importante función.

Hay que dejar que la Nación resuelva esta situación y evitar que la justicia local se involucre innecesariamente en un conflicto que no le aporta nada más que un enfrentamiento con el poder central apartándola de los fines que realmente debe perseguir la justicia.