La Corte Interamericana de Derechos Humanos, que funciona en el marco de la Organización de Estados Americanos (OEA), no es una cuarta instancia de apelación en la República Argentina y por ello no está facultada para revocar sentencias del máximo tribunal de nuestro país.

La contundente declaración, con el voto mayoritario de los ministros de la Corte Suprema de Justicia, el presidente Ricardo Lorenzetti, la vicepresidenta Elena Highton, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti (Juan Carlos Maqueda votó en disidencia), sienta una jurisprudencia inédita, tanto local como en el plano continental.

Al referirse a un caso puntual, la Corte señala que "revocar la sentencia firme dictada por este Tribunal implica privarlo de su carácter de órgano supremo del Poder Judicial argentino y sustituirlo por un tribunal internacional, en clara transgresión a los artículos 27 y 108 de la Constitución Nacional''. Se trata de la revocación de una sentencia -como cuarta instancia de apelación local- dictada a favor del ex presidente Carlos Menem y contra una publicación periodística.

Al poner las cosas en su lugar, la Corte sostiene que no implica negar carácter vinculante a las decisiones de la Corte Interamericana sino entender que la obligatoriedad que surge del artículo 68.1 (Convención Americana de Derechos Humanos) debe circunscribirse a aquella materia sobre la cual tiene competencia el tribunal internacional.

En otras palabras, los fallos que dicte aquel tribunal deben ser inherentes a cuestiones alcanzadas por el Pacto de San José de Costa Rica, incorporado a la Constitución Nacional en 1994. De lo contrario incurre en clara violación de los principios estructurantes del sistema interamericano y en exceso de las obligaciones convencionalmente asumidas por el Estado argentino al ingresar a dicho sistema, dice la Corte.

La CIDH estudia actualmente una petición formulada por grupos kirchneristas y de izquierda sobre la detención de la líder de la organización Tupac Amaru, Milagro Sala, en Jujuy, por considerar que es "presa política''. El nuevo fallo de la Corte podría sentar un precedente para ese caso, de acuerdo a lo que eventualmente pueda determinar el organismo internacional.