FOTO DANIEL ARIAS

Bernabé Cantlon, actual presidente de Inamu, asesoró a artistas locales sobre cómo usar las plataformas de streaming y el Banco Nacional de la Música, para la difusión y distribución digital de la obra musical.

Hoy es innegable que la obra de cualquier artista musical debe estar presente en las tiendas de reproducción en línea o plataformas de streaming. Son numerosas y las más populares -como Spotify, Deezer, iTunes- cuentan con múltiples posibilidades y servicios. Es que sin dudas, tener una canción o proyecto alojado en estos servidores es la principal ventana de difusión y promoción con la que pueden contar para hacerse de un nombre y de público o seguidores. Pero para un músico o música independiente, que no cuenta con el mismo rebote que los consagrados, es todo un desafío posicionarse incluso en esos espacios, tanto en cuestión de visibilidad como de monetización. En este contexto, es fundamental conocer cómo operan y en qué pueden servir estas y otras herramientas para potenciar un producto artístico. Y por eso, el Instituto Nacional de la Música (Inamu) viene ofreciendo capacitaciones en todo el país sobre el aprovechamiento de las plataformas y de otros instrumentos de difusión, como el Banco Nacional de la Música (ver aparte), con los que cuentan los intérpretes, compositores y productores musicales. 


En el marco de un encuentro que tuvo lugar ayer en el Museo Franklin Rawson, el flamante presidente de Inamu, Bernabé "Buco" Cantlon, habló con DIARIO DE CUYO y dio claves o pistas para comprender qué debe tener en cuenta el artista si quiere que su producción circule por estas tecnologías digitales con éxito. Como también es músico -integra la banda Lash Out, oriunda de la ciudad de Campana- lo primero que dio a entender es que para poder alojar contenido musical en cualquier plataforma, se debe establecer un acuerdo comercial con un agente intermediario, llamado agregador o agregadora digital, que es quien se encarga de distribuir y optimizar la canción o álbum en las propias plataformas, coordinar un lanzamiento y monetizar los ingresos que se generan con la reproducción, visitas o ventas de cada canción. Estos agentes cobran un porcentaje o comisión por cada ingreso que genera el streaming, sin embargo hay riesgos que pueden ocurrir cuando el artista, intérprete o creador de la obra desconoce cuáles son sus derechos y cómo preservarlos. 


"Todas las herramientas tecnológicas tienen ventajas y contras, pero es clave saber primero que el proyecto musical que se quiere encarar, según los objetivos artísticos y propósitos personales que se tengan, no debe relegar los derechos artísticos. Los principales son tres: de intérprete, de autor y de productor fonográfico", dijo el gestor. "Las estrategias de comunicación, posicionamiento y difusión pueden ser muchas, pero sería imprudente de mi parte generalizar, porque cada propuesta es única y diferente. Hay quienes no buscan ser masivos o populares, o por decisión personal buscan un público más específico. Si bien las plataformas generan monetización, tiene que conocer hasta qué punto se les da poder a esas distribuidoras", dijo Cantlon. Por este principio, más allá de querer lanzar singles, álbumes o playlist personalizadas -que son decisiones de corte artístico-, lo más importante es no conceder a las agregadoras otros derechos que se suman a los ya mencionados y que tienen que ver con permitir que hagan la sincronización de la obra para otros medios, que trabajen como editoriales y cobren regalías (derecho de autor) y que generen el código ISRC (ver Tips).


Si el proyecto crece en difusión, el artista podría obtener mejores acuerdos y contratos más convenientes con agregadoras interesadas en posicionar mejor la obra. Finalmente, vale saber que con sólo estar en una plataforma para promocionarse y que el proyecto tenga éxito, no alcanza. "Todos hemos creído que la música en vivo es el primer motor para hacerse conocido y vivir de eso. Es necesario tocar en vivo, pero ahora hay distintos tipos de inversión necesarios y el problema es que hoy es muy caro hacer publicidad. Hay épocas y las estrategias son numerosas, dependerán del género o del nicho que quiera ocuparse. Pero no hay que olvidar que como artistas, tenemos derechos a los que nunca se debe renunciar", lanzó como reflexión final.

Tips antes de subir contenido

  1. Agregadores digitales: Algunos son Ditto Music, Altafonte, DistroKid, The Orchard, FaroLatino, CdBaby, Submarino Atómico. Ofrecen múltiples paquetes y servicios que tienen precios en dólares.
  2.  Derecho de sincronización: a veces los agregadores digitales piden esto para hacer circular la obra en publicidades, series, películas u otros medios audiovisuales. No hay que cederlos porque cobrarán regalias en detrimento del artista o compositor.
  3.  Conocer términos y condiciones: Cada plataforma se maneja según sus propias reglas y da numerosas opciones, pero no todas ofrecen las mismas condiciones y valores de cobro. No hay que dejar que los agregadores se establezcan como editoriales, porque cobrarán regalías vulnerando derecho de autor.
  4.  Conocer derechos artísticos: La propiedad intelectual es clave a la hora de firmar acuerdos con agregadoras. Derecho de Autor: el salario de los creadores; Derecho de Intérprete y Derecho de Productor Fonográfico, para producciones independientes. Tener cuidado en no cederlos a los agregadores o distribuidoras.
  5.  Código ISRC: Los códigos ISRC (código internacional de identificación para grabaciones sonoras y audiovisuales) dan una identificación única y exclusiva que acompañan a cada canción. En Argentina se puede gestionar por medio de CAPIF, son útiles a la hora de identificar la obra para el circuito de derechos en sus múltiples formatos. Además existen los códigos UPC (código universal de producto) que son útiles para identificar todo un álbum. Al igual que los derechos intelectuales y de sincronización, el artista debe preservarlos ante cualquier acuerdo que se firme con el agregador y que este no haga la registración ISRC por su cuenta. 
  • Banco de Música Nacional Independiente

 

Es una herramienta de difusión que pone a disposición el Inamu y el Enacom. Grupos y solistas de todas las provincias del país pueden cargar sus discos o álbumes físicos y/o virtuales, como así también simples editados en forma independiente generando un reservorio de contenidos para que los medios de comunicación dispongan de material musical. Esto contribuye a cumplir el artículo 65 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (Nº 26.522) que exige la cuota del 30% de contenido musical nacional, la mitad debe ser producción independiente. Los contenidos solo son disponibles para medios de comunicación, no para el público en general ya que no es un servicio de streaming. Este banco es de acceso gratuito, federal y fomenta la inclusión de todos los estilos musicales. Su creación resulta de vital importancia para la construcción del derecho a la difusión para las diversas expresiones musicales que existen en nuestro país. Cuenta con más de 25 mil canciones. La inscripción es online en el Registro de la Actividad Musical (www.inamu.musica.ar) toda radio del territorio nacional, pública o privada, o sin fines de lucro, puede solicitar acceso al banco.