Por primera vez y como velada respuesta a las críticas recibidas por la gestión de los casos de pederastia, el Vaticano publicó ayer una guía en internet para manejar las acusaciones de abusos sexuales hechas contra sacerdotes. Se trata de la "Guía de la Congregación para la Doctrina de la Fe" mediante la cual la Santa Sede ordena a las jerarquías eclesiásticas denunciar siempre ante la autoridades civiles los abusos sexuales cometidos por sacerdotes contra niños y adolescentes. Es un resumen de procedimientos operativos definidos en un reglamento interno de la Congregación de la Doctrina de la Fe vigente desde el año 2003, pero no dados a conocer hasta ahora al público, según explicó la oficina de prensa del Vaticano.
El texto está dividido en tres partes, la primera de las cuales se refiere al procedimiento preliminar y señala que, cuando se produce una denuncia de abuso de un menor por un clérigo, la diócesis local es la primera encargada de investigar el hecho.
Si la acusación tiene peso, el obispo local remitirá el caso con toda la documentación necesaria a la Congregación vaticana y expresará su opinión sobre los procedimientos a seguir y las medidas que se adoptarán a corto y largo plazo. Y, en ese punto, la guía señala: "las leyes civiles referentes a las denuncias de esos delitos a las autoridades competentes siempre se deben seguir". Durante la etapa preliminar y hasta que el caso esté concluido, el obispo puede imponer medidas cautelares para salvaguardar a la comunidad y a las víctimas y asegurar que los niños no sufren nuevos daños.
La segunda parte se refiere a los procedimientos autorizados por la Congregación para la Doctrina de la Fe. Una vez el caso está en manos del dicasterio vaticano, éste puede pedir más información al obispo y autorizarle a realizar el proceso ante un tribunal local de la Iglesia, con la asistencia de dos asesores. El sacerdote acusado deberá presentar pruebas y, si es condenado a una pena canónica, puede presentar recurso ante la Congregación. El clérigo declarado culpable puede ser condenado a diferentes penas, la más grave de ellas la expulsión al estado laical. El ex Santo Oficio también puede decidir, en los casos "muy graves", dirigir éstos al Pontífice y pedirle que el acusado sea directamente reducido al estado laical, sin ser sometido a juicio previo. En los casos en los que el pederasta ha admitido sus delitos y ha aceptado llevar una vida de plegarias y penitencias, la Congregación autorizará al obispo local a dictar un decreto que prohíba o limite el ejercicio público del ministerio sacerdotal. Si los acusados conscientes de sus delitos piden ser dispensados del sacerdocio, el Papa lo concederá por el bien de la Iglesia.
En el último punto, la guía explica que la Congregación ha comenzado a revisar algunos artículos del "Sacramentorum santictatis tutela" para poner al día la "Delicta graviora", sobre los delitos de abusos más graves.