�Los jueces Highton, Fayt y Zaffaroni equipararon a los buscadores de Internet con la prensa y consideraron que sólo podría haber responsabilidad en casos ‘absolutamente excepcionales’.’En ausencia de una regulación legal específica’ destacaron- conviene sentar una regla que distinga nítidamente los casos en que el daño es manifiesto y grosero, a diferencia de otros en que es opinable, dudoso o exige un esclarecimiento’. En tal sentido mencionaron los casos de ‘pornografía infantil’, difusión de ‘datos que faciliten la comisión de delitos’ o ‘pongan en peligro la vida’, la ‘discriminación con manifiesta perversidad o incitación a la violencia’ o apología del genocidio o racismo. Pero en casos ‘que exijan un esclarecimiento o deban debatirse o precisarse en sede judicial o administrativa para su efectiva determinación, cabe entender que no puede exigirse al buscador que supla la función de la autoridad competente’, subrayaron.
