Recientemente el Gobierno Nacional emitió la Resolución 166 E/ 2016 de la jefatura de Gabinete que aprueba un convenio entre la Secretaría de Comunicación y la Anses. Este es por dos años y permite la transferencia de los datos del organismo previsional a dicha Secretaría para -según lo establece la Resolución- ‘mantener informada a la población’ e ‘identificar y analizar las problemáticas o temáticas de interés en cada localidad del país’ para poder ‘incorporar la diversidad federal en la comunicación pública’. Es importante saber que los datos previsionales los proporciona siempre la Anses. Aquí hablamos, como vemos, de otros datos.
Recordemos que la protección de datos es un derecho Constitucional (art. 43 CN habeas data), que además está regulado por ley 25.326, como un recurso legal que tienen las personas para interceder, respecto a los datos de información que hacen a su privacidad. Se puede requerir esa información excepcionalmente, sólo con el consentimiento personal. Lo cierto es que está expresamente prohibido el uso de datos para un uso distinto para el que fueron solicitados (art.4to). En este caso, es absolutamente ilegal (art.5to) el traspaso de datos de Anses a la Jefatura de Gabinete, para que ésta informe sobre su gestión de Gobierno. (art. 11ro).
Es así como Anses (como también AFIP), nos exige a cada uno de nosotros proporcionar nuestros datos (nombre, domicilio, DNI, mail, estado civil, etc.), negarse a ello nos excluye directamente del sistema. Por eso se hace necesario el encriptado de los datos, para que, por seguridad, nadie los pueda utilizar con un fin distinto al que fueran solicitados.
En realidad lo que se percibe (de la propia resolución), es que la Jefatura de Gabinete pretende hacer propaganda de las políticas del Gobierno, y para ello no tenemos la obligación de proporcionar los datos, mucho menos que se transfieran sin nuestro consentimiento. De ésta forma, estamos confiando datos que se los quiere utilizar con un fin distinto al original.
Por eso decimos que es una maniobra ilegal. Se rompe nuestro contrato o acuerdo con Anses, y aunque sea a otra área de gobierno, este contrato es con Anses.
Violar la información, es despreciar la privacidad misma de cada ciudadano. Entendiendo que la privacidad es esencial para lograr un desarrollo de la voluntad de la persona en forma autónoma.
Recordemos el conocido aforismo ‘el manejo de la información es poder’, por ello se hace tan necesario el resguardo jurídico de nuestra privacidad. La información es hoy un bien jurídico de gran relevancia en la toma de decisiones, tanto para las actividades privadas como las públicas. Sobre todo las del Estado.
