Aquellos que tienen una actividad comercial y son grandes morosos de la dirección General de Rentas (DGR), que en promedio deben unos 130 mil pesos en impuestos, se están viendo acorralados. Es que desde hace 6 meses y medio, la repartición viene implementando un mecanismo compulsivo de cobro que ya le ha permitido percibir 25 millones de pesos. A grandes rasgos, la herramienta se vale del sistema bancario, ya que le retiene al deudor un porcentaje de cada uno de los depósitos que reciba en sus cuentas por cualquier venta. Así se genera un monto que pierde la persona dado que va a cuenta del impuesto de Ingresos Brutos. De esa manera, el fisco se asegura, en primer lugar, el cobro mensual de ese tributo y en segundo término, se dispara todo un proceso que apunta a que el contribuyente salde el total de sus obligaciones, incluidas las de Inmobiliario y Automotor.
El sistema se llama Riesgo Fiscal y su instrumentación se basa en el Código Tributario. Así, Rentas puede captar el impuesto de Ingresos Brutos en el origen, es decir, en la cuenta bancaria. ‘El fisco analiza que si hay depósitos en la cuenta de una persona es que hay ventas, entonces se trata de alguien pasible de ser contribuyente‘, señaló un contador, con el que coincidió un abogado. El mecanismo está operativo desde agosto y hasta enero, las arcas públicas sumaron unos 25 millones de pesos, informó Adrián Villegas, director de Rentas. Desde esa fecha, el organismo además viene publicando en su página web el listado de los grandes deudores. Hoy, hay 1.463 incorporados.
El ministro de Hacienda, Francisco Alcoba, de quien depende la DGR, había manifestado que ‘son políticas aplicadas para inducir al cumplimiento‘. La cartera viene impulsando medidas para reducir el nivel de morosidad de los impuestos provinciales (ver recuadro), que está en el orden del 50%. En este caso, el fisco puso la lupa sobre personas que tienen una actividad comercial (que deben pagar Ingresos Brutos), que cuentan con varias casas y autos, y que poseen recursos para abonar sus tributos, explicó Villegas. Sin embargo, no lo hacen y tienen abultadas deudas. Además, el contribuyente cae en Riesgo Fiscal cuando no haya presentado 3 o más declaraciones juradas de Ingresos Brutos en un año o cuando no haya pagado 2 o más declaraciones en 12 meses. Con esos parámetros, la DGR selecciona a los incumplidores, informa al Banco Central, quien baja la orden a todos los bancos para que retengan el 5 por ciento de cada depósito que se haya realizado en las cuentas bancarias del deudor por cualquier venta y lo transfiera al organismo. Por ejemplo, según explicó Villegas, si la retención es de 3.500 pesos, el monto va a cuenta del pago de Ingresos Brutos. Si el tributo en el mes es de 1.000 pesos, se descuenta de los 3.500. Así, cuando el contribuyente haga su declaración impositiva, descubrirá que ya tiene cancelado el mes y un saldo de 2.500 pesos a favor, pero que no tendrá otro destino que abonar alguna de sus deudas impositivas, incluyendo Inmobiliario o Automotor. El camino que le queda es ir a Rentas, destinar esos 2.500 a la deuda más antigua y pedir un plan de pago para cancelar la totalidad, ya que si no lo hace, no podrá salir del sistema. O en el caso de que no presente su declaración ni pague el tributo, mes a mes se le irá reteniendo sumas y si no concurre a la DGR, ésta puede de oficio cobrarse la deuda. En definitiva, para no sufrir el goteo en las cuentas ni ser publicado en la página web, el deudor debe cancelar sus obligaciones o adherir a un plan de pago.
