Los operadores recomendaron que para evitar que los particulares sean víctimas de contratos de alquiler abusivos, con valores desequilibrados del mercado, se deben hacer con el asesoramiento de las inmobiliarias. “Aquí no tenemos ningún problema al momento de repactar un alquiler, y además el porcentaje de morosidad es bajísimo”, dijo Mauricio Turell. “Algunos incrementan arbitrariamente. Dejan abierto el valor del cánon para el segundo año, juegan con la necesidad del cliente y a veces pretenden repactar mes a mes. Se suele plasmar mal la voluntad de las partes y terminan en juicio o pagando una barbaridad”, agregó García Pareja. El período mínimo legal par el contrato de alquiler de una vivienda es a dos años y tres para el comercio. No están permitidas las cláusulas de actualización. Lo que se hace es fijar un precio por los 2 años y cobrar un poco menos en el primero, para el caso de las viviendas.
