Córdoba, 10 de abril.- La FPA actuará frente a hechos que puedan constituir delitos enumerados en el artículo 34 de la Ley Nacional 23.737 de Tenencia y tráfico de estupefacientes y sus modificatorias, y funcionará bajo las directivas generales e instrucciones de la Fiscalía General y de las fiscalías de Lucha contra el Narcotráfico, según establece el texto aprobado.
El artículo 2 de la ley define a la FPA como una "institución civil armada que ejerce sus funciones en todo el territorio provincial y tiene a su cargo en forma exclusiva la realización de los actos de prevención, disuasión, conjuración e investigación cuando por ley corresponda, de los delitos previstos en el artículo 34 de la Ley Nacional 23.737 y su modificatoria, de conformidad a la adhesión dispuesta por Ley 10067" .
El nuevo organismo estará a cargo de un jefe y un subjefe, designados por el Poder Ejecutivo Provincial a propuesta del fiscal general y previo acuerdo de la Legislatura.
Además establece que ambos permanecerán en sus cargos mientras ejerza sus funciones el fiscal que los propuso, pudiendo ser confirmados por su sucesor, en cuyo caso no se requerirá una nueva designación.
Para la integración de la fuerza se crea la Escuela de Formación y Capacitación bajo la dependencia funcional de la Fiscalía General, la que estará a cargo del entrenamiento, formación y capacitación de los aspirantes e integrantes, y tendrá a su cargo el dictado de cursos de perfeccionamiento, actualización y formación permanente de sus miembros.
Paralelamente crea, en el ámbito de la Fiscalía General, un programa gratuito y permanente de atención telefónica de la modalidad 0800 -o lo que los avances tecnológicos y de comunicación permitan- para la recepción de denuncias y demás datos en materia de narcotráfico con la obligación de que las mismas sean comunicadas al Ministerio Público.
