La mayoría de los miembros del Consejo de la Magistratura opina que no se podrá aplicar la idea que baraja la Corte de Justicia para cubrir rápidamente las vacantes que se generen por la jubilación de jueces. Los magistrados que han renunciado siguen en funciones a la espera que la Anses apruebe los últimos trámites y el máximo tribunal aspira a que, mientras tanto, se abran los concursos para empezar a elegir a los reemplazantes. Sin embargo, entre los consejeros predomina el criterio de que no se puede lanzar el proceso de designación hasta que los cargos queden sin dueño en forma efectiva.

El Consejo de la Magistratura está integrado por cinco miembros (un cortista, un diputado, el ministro de Gobierno y dos abogados litigantes) y su misión consiste en llevar adelante los concursos para designar a jueces, fiscales y defensores oficiales (ver Claves…). Su importancia adquiere mayor relevancia en estos momentos, debido a que se viene una renovación histórica de la magistratura a partir de la renuncia de quienes decidieron jubilarse.

La semana pasada, el Consejo de la Magistratura fue notificado por la Corte de Justicia de los 9 jueces que han dimitido en las últimas semanas para pasar a retiro. Con la comunicación, el máximo tribunal busca que los consejeros hagan cuanto antes los concursos que se necesitan para nombrar a los nuevos magistrados. El objetivo que persigue es ir ganando tiempo, para que los que resulten electos jueces asuman apenas se vayan sus antecesores y no se produzcan vacíos que generen demoras en el trámite de las causas judiciales.

Pero hay un detalle que despierta dudas. Los jueces que renunciaron continuarán unos meses en el cargo, hasta que la Anses les liquide el primer haber previsional y puedan así, abandonar la función. Es decir, todavía no se han producido las vacantes por las que se debe llamar a concurso.

Fuentes calificadas aseguraron que, al menos, tres de los cinco miembros consideran que legalmente no se puede llamar a concurso hasta que esté la vacante. Dicho en otras palabras, entienden que no pueden hacer nada mientras el juez no deje el cargo.

Se apoyan en uno de los artículos de la Constitución provincial que se refiere al proceso de designación de los jueces. Se trata del 217, que dice expresamente que el Consejo de la Magistratura queda habilitado a convocar a concurso para nombrar a un juez cuando la Corte de Justicia comunica “una vacancia”.

Además, advirtieron que de seguir el camino de la Corte podría haber consecuencias. Las fuentes contaron que entre los consejeros surgieron algunas preguntas: ¿qué pasaría si se llama a concurso en forma anticipada y un aspirante se queda afuera por no cumplir el requisito de contar con una antigüedad mínima de 5 años ejerciendo la profesión de abogado y lo cumple cuando efectivamente se produzca la vacante? ¿Podría impugnar el proceso?

Ayer, en horas del mediodía, los integrantes del Consejo se reunieron en Tribunales para analizar el tema. Pasaron a un cuarto intermedio y quedaron en encontrarse nuevamente el miércoles para tomar una decisión. Si no coinciden, votarán para ver qué postura se impone.

Si el Consejo de la Magistratura concluye que no se puede hacer nada hasta que existan las vacantes, los concursos quedarán para más adelante. Los podrán hacer una vez que los jueces en actividad sean incluidos en las planillas de la Anses y den un paso al costado. Y para que eso pase, calculan en Tribunales, faltan entre dos y dos meses y medio. A partir de ahí, el órgano colegiado tiene hasta 60 días para elegir la terna de aspirantes que mandará a la Legislatura para que los diputados elijan por simple mayoría al nuevo juez. En conclusión, el proceso de renovación sería más lento.