Una frecuente consulta de los vendedores es preguntarle al cliente si la compra la van a realizar de contado, o sea en efectivo, o si lo van hacer con tarjeta de crédito o débito, en virtud que es común que los comercios impongan precios distintos dependiendo la forma de pago. Esta maniobra es totalmente ilegal, de acuerdo a lo que reza la ley de tarjetas de crédito, bajo la resolución 7/2002 sobre exhibición de precios, donde se prohibe hacer diferencias entre el precio de contado y precio con tarjeta, sea de débito o crédito. En este sentido, el comerciante no puede aplicar recargos ni plus. A esto se le suman los tradicionales descuentos si la compra se hace de contado y no se utiliza ‘plásticos‘. Eso sí, las tarjetas de crédito y débito sí están autorizadas a acordar descuentos con las casas de comercios o entidades bancarias.
