Cuando en el mundo civilizado, la pena de muerte empieza a desaparecer o a suavizarse, en nuestro país vuelve nuevamente en escena.
La pena capital, es la ejecución por parte del Estado, como castigo por un delito específicamente tipificado. Esta pena se ocupó en absolutamente todas las sociedades en distintos tiempos.
Ahora bien, ¿funciona la pena de muerte como freno para la comisión de gravísimos delitos?. Habría que ver un poco como funciona en China, país que encabeza las ejecuciones con el 72% de las penas capitales, solamente en 2008, y le siguen Irán Pakistán, Estados Unidos e Irán.
En China, fundamentalmente la pena capital se centra sobre los delitos de corrupción al Estado, es decir cuando existe una grave amenaza al orden público (cohecho), o cuando se daña el orden del mercado comercial, comúnmente llamado "crimen comercial". Se trata de un proceso sumarísimo, que en poco tiempo se tiene una sentencia. Si la pregunta es si ¿funciona la pena? La respuesta está en las estadísticas. En China, tenemos un delito cada 184.444 habitantes, o sea, 24 delitos diarios, si tenemos en cuanta una población de 1500.000.000 de habitantes, veremos que el índice delictivo es extremadamente bajo.
Si tomamos una nación latinoamericana, por ejemplo Chile, que es el país con menor índice delictivo en América, tendremos que 1 de cada 3 hogares fue víctima de un delito en los últimos 6 meses, y 1 violación cada 30 minutos y 1 asalto cada 2 minutos, y también debemos tomar en cuenta que se pierden 350 niños al año.
Es alocado pensar los índices en Argentina, cuando en realidad, ya la gente denuncia poco los delitos que sufre, dada la falta de confiabilidad en la Policía. Pero a modo ejemplificativo, el conurbano bonaerense y Mendoza encabezan los índices de delincuencia en el país. Por ejemplo, en Buenos Aires, en mayo de 2006 tuvimos solamente 87 crímenes denunciados y 47 secuestros en octubre del mismo año. Hoy la cifra seguramente está triplicada.
En países como México, actualmente se esta debatiendo sobre la instauración de la pena de muerte para determinados delitos. Centran su atención, sobre los delitos de secuestros extorsivos seguido de muerte, producto del narcotráfico.
Si aplicamos el concepto nischeano sobre el delito, no tendremos sentenciados jamás. No olvidemos que este filósofo sostenía que "no hay hechos hay circunstancias" o sea, hay circunstancias que a una persona lo llevan a delinquir, y no el hecho puntual de su conducta impropia y condenable.
Sin duda alguna, el debate hoy instaurado en nuestro país, es estéril. En este suelo, dificulto que en algún tiempo futuro pueda establecerse el delito capital, pero creo sin dudar, que hay que combatir de alguna forma el delito y proteger al inocente, que es uno de los bastiones de nuestra Constitución Nacional, y embarga el pensamiento de Alberdi, Sarmiento y tantos otros que dejaron su legado para generaciones futuras.
