Para dificultar la identificación de los animales sueltos que fueron protagonistas de accidentes de tránsito en las rutas, los dueños o los allegados de esas personas suelen cortar el tejido donde figura la marca de fuego. Desde la Policía y la Dirección de Desarrollo Pecuario admitieron que ese procedimiento complica llegar a los propietarios y de esa forma aplicarle las sanciones previstas por ley. En el caso del accidente de la semana pasada sobre ruta 141, en Caucete, que terminó con la vida de una madre y sus dos hijos, la Policía logró dar con el dueño del caballo justamente porque tenía una marca, según informaron ayer desde esa Fuerza.
El artículo 170 de la ley 7.819 establece que será sancionado quien ‘en la vía pública o en lugar abierto deje animales sueltos o sin tomar las precauciones para que no causen daño, estorben o pongan en peligro el tránsito de cosas o personas’. El castigo tiene una multa de hasta $10.000, trabajos de utilidad pública o arresto de hasta 30 días.
Para identificar los animales y por consiguiente a sus propietarios, la ley 6.829 obliga a todo aquel que tiene ganado a marcarlo (aplicarle un signo impreso a hierro candente) o señarlo (corte o perforación hecha en una o ambas orejas del animal). Sin embargo, no todos cumplen con esta reglamentación y en casos de accidentes con animales sueltos, suelen cercenar las marcas para evitar la identificación.
‘Es una práctica que no sólo la realiza el propietario del animal sino sus familiares o conocidos a modo de solidaridad, porque saben los problemas que pueden tener’, expresó Hugo Berenguer, director de Desarrollo Pecuario, uno de los organismos que debe controlar que el ganado suelto no obstruya la vía pública.
A su vez, desde la Policía Ecológica explicaron que esa práctica suele realizarse en medio de la confusión tras los accidentes, aunque indicaron que no existen estadísticas. En la Policía Rural, por su parte, reconocieron que las extracciones de los tejidos donde se encuentran las marcas sólo se dan cuando los animales están cerca de los puestos. Y que en los casos en que debieron enfrentarse ante estas circunstancias, las marcas fueron retiradas con elementos cortantes.
Por la situación, es que en Diputados preparan un proyecto que ahora pretende sancionar al propietario del terreno no alambrado lindante a la ruta en la que se produjera un choque, pese a que ya existe una ley nacional. ‘Es de público conocimiento que cuando se produce un accidente, los dueños de los animales tratan de eliminar las marcas y hay casos en los que directamente no hay identificación. Por eso trabajo en un proyecto para modificar la ley que castiga a los dueños de los animales y empezar a sancionar a los propietarios de los terrenos que estén a la altura exacta donde se produjera un accidente que involucre a ganado suelto. Si ese propietario tiene cercado su terreno de lado de la ruta y los contiguos también, posiblemente los animales se crucen de campo en campo, pero no avanzarán sobre la vía pública’, expresó el diputado José Peluc, del bloque Producción y Trabajo. El legislador indicó que ante la posible sanción por un animal suelto, sea o no de su propiedad, los dueños de las tierras se verán obligados a cercarlas. Peluc aclaró que aún debe trabajar en detalles técnicos, pero pretende que el proyecto tome estado parlamentario la semana próxima.
La ley nacional 24.449, en su artículo 25, establece que es obligatorio para propietarios de inmuebles lindantes con la vía pública tener alambrados, mientras que desde el año 2010 la ley provincial 8.152 le exige a Vialidad Provincial incluir alambrado perimetral en las obras de reparación de rutas existente o construcción de nuevas.
