En primer término, podrá acceder toda persona física apta para endeudarse, con una edad máxima a la fecha prevista para la cancelación del préstamo que no sea superior a la estipulada para jubilarse, 60 años en el caso de la mujer y 65 en el hombre.
Los que tomen el crédito podrán afectar hasta el 30% de los ingresos permanentes, netos y computables. En este sentido, se deberá verificar que los ingresos computados (luego de descontar el valor de las cuotas de deudas preexistentes) menos el valor de la cuota del nuevo préstamo sea mayor o igual que el valor del salario mínimo vital y móvil, que en la actualidad es de 3.600 pesos. O sea, al cliente menos de ese dinero no le puede quedar en el bolsillo. Por ejemplo, para acceder a un préstamo hasta $120.000, pagadero en 60 meses, es necesario un ingreso neto mensual mínimo de $11.932.
En el caso que supere el 30% y lo haga sólo por algunos puntos (por ejemplo 32 o 34%), el banco evaluará cada caso en base a cómo ha respondido ese cliente al pago de sus obligaciones anteriores, donde -explicaron- no es lo mismo el que paga el mínimo de sus tarjetas de crédito que aquel que lo hace de forma completa. También se contemplará a aquellas personas que superan el 30% pero que en el corto plazo están en condiciones de saldar alguna otra obligación: por ejemplo, aquel que abona la cuota 21 de un crédito de 24 meses.
Éste es un punto clave que los interesados deben saber. Es que el Gobierno anunció con bombos y platillos una Tasa Nominal Anual (TNA) de entre el 17 y 19%. Ahora bien, a la hora de hacer números finos y poner sobre la mesa las bonificaciones y el Costo Financiero Total (CFT), la Tasa Efectiva Anual (TEA) -es decir, la real y palpable para el cliente- será del 20,9% para los que son clientes del Banco Nación (por ejemplo, tienen una cuenta sueldo) y del 24,2% para los no clientes o de cartera abierta, como les llaman puertas adentro de la entidad bancaria. Estas condiciones rigen sólo para las primeras 36 cuotas, que son con tasa fija.
La segunda parte del crédito, que va de la cuota 37 a la 60, rige con una tasa variable. Es importante saber que aquí entrarán a tallar dos parámetros para definirla. Por un lado, se adoptará la tasa BADLAR pagada por bancos privados más 7 puntos porcentuales anuales adicionales, ecuación que ayer ubicaba la tasa en el 29,4%. Por el otro, se tendrá en cuenta el Coeficiente de Variación Salarial (CVS), que es -ni más ni menos- que el porcentaje que le subió al cliente el sueldo. De los dos parámetros, se aplicará siempre el porcentaje más bajo.
4- La documentación que pide el banco
A la hora de llevar los papeles, el banco le exige presentar el DNI y una fotocopia. También el último resumen de una tarjeta de crédito o factura de servicio fijo a nombre del solicitante. En el caso de hacerlo en relación de dependencia, los últimos 3 recibos de haberes. En tanto que para los autónomos deben munirse del DDJJ de Ganancias o la constancia de inscripción al monotributo y la documentación que requiera la instancia ejecutiva del crédito para poder determinar los ingresos netos del solicitante.
5- Lo que los jubilados deben saber
Una de las novedades que trajo la reglamentación fue que a este plan de crédito para 0 km también podrán los jubilados y pensionados, pero siempre y cuando puedan contratar un seguro de vida sobre el "’saldo deudor” que los cubra durante todo el plazo del préstamo. Quedará ligado al ingreso de cada abuelo y si tiene o no comprometido parte de su sueldo en alguna otra erogación crediticia. Deben presentar los últimos 3 recibos.
