Mañana martes 24 de agosto vence el plazo de la última cesión de facultades delegadas del Parlamento al Poder Ejecutivo y el Congreso retomará todos las responsabilidades que le fija la Constitución, sin que haya quedado saldada la discusión sobre la continuidad de las leyes que contienen decisiones. El oficialismo y gran parte de la oposición reconocen que a partir del miércoles el Gobierno no podrá tomar nuevas decisiones con esas facultades cedidas por el Poder Legislativo, pero las leyes tendrán valor legal hasta tanto el Congreso no disponga otra cosa.
El oficialismo asegura que "mientras no haya una nueva legislación todo sigue igual", según expresó el diputado kirchnerista Jorge Yoma.
En ese sentido, Yoma aseguró que "lo que caduca el 24 de agosto es la facultad del Poder Ejecutivo de, por ejemplo, fijar retenciones agropecuarias y no de esa herramienta que se mantiene vigente hasta tanto el Congreso, si decide no prorrogar la delegación legislativa en esta materia, dicte una ley que las derogue o modifique".
Desde la oposición se intentará con una reunión informal prevista para hoy, realizar un diagrama sobre la prioridad en materia delegada a recuperar.
El debate público, y sobre todos las entidades del campo, quedaron expectantes ante la posibilidad de que este 24 cayeran automáticamente las retenciones agropecuarias que fueron creadas por el gobierno militar en 1981, como parte del Código Aduanero, pero pocos constitucionalistas y políticos acompañaron esta opinión. De hecho, el radicalismo expresó a través del presidente del Comité Nacional, Ernesto Sanz, que "al caerse la prórroga, el Congreso reabsorberá esas facultades pero no se caerán las medidas tomadas hasta el momento, por una cuestión de seguridad jurídica".
Las normas usadas por sucesivos gobiernos incluyen, además de las retenciones, varios aspectos de la ley de abastecimiento, así como de entidades financieras, de la coparticipación federal y del código de procedimiento tributario. También tiene incidencia en legislaciones de la emergencia económica por la que se puede establecer variaciones en la valor del peso y las divisas, también compensaciones a las entidades financieras y renegociación de los contratos con las empresas concesionarias de los servicios públicos.
El amplio uso que se hizo en el pasado de estas excepcionalidades afectó además a la facultad de distribuir Aportes del Tesoro Nacional (ATN) contemplada en la norma de coparticipación con las provincias y también en el texto legal de la reforma del Estado con la que fueron privatizadas varias empresas públicas.
La decisión de poner fin al traspaso de facultades surgió de la Reforma Constitucional de 1994 que intentó poner límites al presidencialismo. Para ello, sancionó la cláusula transitoria octava, con el siguiente texto: "La legislación delegada preexistente que no contenga plazo establecido para su ejercicio caducará a los cinco años de la vigencia de esta disposición, excepto aquella que el Congreso ratifique expresamente por una nueva ley".
