El delito de maltrato y muerte de un animal, es de carácter penal y tiene acción pública, encontrándose estipulado en la Ley 14.346, la cual impone una sanción de 15 días a un año de cárcel a quien resulte culpable. La figura penal cabe ante la denuncia o la actuación de oficio para los casos del trabajo en vehículos con tracción sangre, vedados en las principales rutas y caminos de nuestro país.
No obstante estas limitaciones, la transgresión se observa en nuestra ciudad y zonas urbanizadas de San Juan, con el agravante de que numerosos carros y carretelas circulan de noche sin luces ni otros elementos que alerten de su presencia a los automovilistas y peatones. Peor imagen todavía, es observar a los equinos famélicos y castigados sistemáticamente por sus dueños frente al esfuerzo, hasta que la muerte les trae alivio.
Por eso es oportuna la iniciativa de la Secretaría de Ambiente de erradicar la tracción a sangre en la provincia, reemplazándola por vehículos motorizados mediante el apoyo estatal a quienes utilizan animales en tareas cotidianas, en general changarines recolectores de residuos aprovechables, como cartones y metales, que ni siquiera pueden llevar a la planta de tratamiento de residuos porque está prohibido el ingreso de carretelas. La asistencia oficial beneficiará económicamente a los carreteleros, ya que una motocarga, por ejemplo, consume solo cuando se la trabaja, a diferencia del animal que deber ser mantenido en forma permanente y ese es el principal motivo del abandono y la desnutrición.
La idea de crear un registro provincial de trabajadores que utilizan carros tirados por equinos en sus recorridas por áreas residenciales buscando la forma de ganarse la vida, será la manera de conocer cual es la situación de este problema y a cuantas personas involucra. Hay que diferenciar la sobrevivencia del changarín con este transporte, que es diferente al trabajo del hombre de campo que tiene otra relación los animales utilizados en sus labores cotidianas y que en general siempre están muy bien cuidados.
La experiencia en otras provincias que sustituyeron los carros por motovehículos ha sido positiva, gracias las facilidades que tuvieron a los beneficiarios, para encuadrarse con los seguros de rigor y el patentamiento del rodado. Si bien no existe una legislación nacional sobre la tracción a sangre, se puede denunciar el maltrato y crueldad por los alcances de la Ley de Protección al Animal y la policía debe radiar de inmediato al rodado en infracción.
